Mazón anuncia ayudas directas por haber perdido el vehículo en la DANA: 2.000 euros por coche, 750 euros por moto
- Serán de 2.500 por vehículo adaptado y de 250 por ciclomotor. Un afectado podrá cobrar por varios siniestros. Los beneficiarios no pagarán IRPF.
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El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, anunció este viernes una nueva ayuda directa por haber perdido el vehículo durante la DANA del pasado 29 de octubre. El montante total previsto, aunque será ampliable, es de 250 millones de euros.
Según desglosó el dirigente, las ayudas serán de 250 euros por ciclomotor siniestrado, de 750 euros por motocicleta, de 2.000 por coche o furgoneta, y de 2.500 euros por coche o furgoneta adaptado.
Mazón subrayó que se trata de una ayuda por vehículo, no por persona. Es decir: si un afectado ha perdido tres coches, cobrará por los tres, 6.000 euros. Las cantidades estarán libres de impuestos. Es decir, exentas de IRPF.
El dirigente, que compareció junto a la consellera de Hacienda, Ruth Merino, destacó que serán ayudas de pago inmediato, en apenas días desde que se apruebe la medida el próximo 14 de enero en el pleno del Consell.
Mazón destacó que esta línea podrá solicitarse "desde el 16 de este mes para que las primeras resoluciones se abonen ya a los beneficiaros antes de finalizar enero".
El objetivo es que el pago de estas ayudas a los solicitantes se efectúe en su totalidad durante el primer trimestre del año.
El jefe del Consell explicó que esta ayuda se habilita a través de la Conselleria de Hacienda para cruzar datos entre la Agencia Tributaria Valenciana y la Dirección General de Tráfico.
"Para facilitar la coordinación entre ambos organismos, para ser más agiles y favorecer tanto el proceso de tramitación como los pagos a los beneficiarios", dijo.
Impuesto cero
El presidente remarcó "la apuesta y el esfuerzo del Consell con la movilización de ayudas directas, ágiles y eficaces, para atender las necesidades de las personas damnificadas".
Será "un dinero que se ingresará directamente al beneficiario y que, en ningún caso, tendrá ningún tipo de tributación o intereses".
En la misma línea, el presidente reclamó al Gobierno de España "impuestos cero para los afectados y que aclare si tienen que tributar sus ayudas", al tiempo que reclamó el "IVA cero para la reposición y reparación de vehículos".
Mazón expuso que "se ha simplificado el procedimiento al máximo y eliminado la documentación superflua para que los solicitantes puedan tramitar las ayudas de manera muy sencilla e intuitiva".
Asimismo, se va a habilitar un servicio para resolver dudas y consultas en el teléfono 961613199 o en el correo electrónico ajudavehiclesdana@gva.es.
Además, toda la información estará disponible en la web tanto de la Agencia Tributaria valenciana como en la web de las ayudas habilitada por la Generalitat.
El procedimiento
Este paquete de ayudas de la Generalitat se podrá solicitar desde el 16 de enero hasta el 28 de febrero de 2025 mediante trámite telemático con cita previa a través de la sede electrónica de la Generalitat, o presencialmente en alguna de las 17 oficinas post emergencia creadas por la Generalitat en los municipios damnificados.
Para cumplimentar la solicitud, los beneficiaros deben indicar el NIF del solicitante, número de matrícula del vehículo siniestrado, número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora e identificación de esta, cuenta bancaría y declaración responsable.
Serán beneficiarias de las ayudas, que son compatibles con otras líneas, las personas físicas, tanto si ejercen actividades económicas como si no, que sean propietarias de un vehículo que se encuentre asegurado, que sea declarado siniestro total como consecuencia directa de las riadas del pasado 29 de octubre.
Igualmente, el vehículo deberá haber causado baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños ocasionados por las inundaciones.
Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la DGT y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025.
Podrá presentarse una solicitud por cada vehículo siniestrado, por lo que las personas solicitantes deberán presentar una solicitud independiente por cada vehículo de su propiedad que haya resultado siniestrado.
Los vehículos deben encuadrarse en alguna de estas categorías previstas en el Reglamento General de Vehículos: ciclomotor, motocicleta, motocarro, automóvil de tres ruedas, turismo, pick-up, camión MMA ≤3.500 kg, furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg, derivado de turismo y vehículo mixto adaptable.