
Un grupo de voluntarios caminan hacia las zonas más devastadas por la DANA. EL ESPAÑOL Paiporta
La jueza de la dana constata que la CHJ dejó a la Generalitat dos horas y media "sin mensajes sobre la rambla del Poyo"
Insta a la confederación a que remita "la integridad de los datos" que manejó en el "intervalo entre esos dos mensajes", los enviados a las 16.13 y las 18.42 horas.
La magistrada afea a la Generalitat que no le haya comunicado desde el 5 de diciembre quién ordenó el envío del mensaje de alerta a las 20.12 horas.
Más información: El audio que prueba que la CHJ no avisó de la riada: "En ese tiempo no se envió información de la rambla del Poyo"
La jueza de Instrucción 3 de Catarroja (Valencia) ha constatado que la CHJ dejó a la Generalitat dos horas y media "sin otros mensajes sobre el caudal de la rambla del Poyo".
Así se desprende del último auto remitido a las partes por la magistrada, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
Se trata de una nueva comunicación por parte del juzgado tras analizar la información solicitada inicialmente a la Confederación Hidrográfica del Júcar sobre su actuación el día de las trágicas inundaciones, que se cobraron 224 muertes y 3 desapariciones.
En el mismo auto, la jueza ha vuelto a requerir a la Generalitat Valenciana que comunique quién tomó la decisión de enviar el SMS de alerta por la dana el 29 de octubre.
Por lo que respecta a la CHJ, la jueza repregunta con precisión por "un intervalo entre dos mensajes remitidos a las 16.13 horas y a las 18.42 horas sin otros mensajes sobre el caudal de la rambla del Poyo".
Se trata, como viene informando EL ESPAÑOL, de las dos horas y media que transcurrieron sin información directa de la CHJ a la Generalitat, justo cuando se producía la fatídica crecida en el barranco.
Pasó en ese lapso, como acreditan los mensajes de la CHJ adjuntos en el auto, de 28,7 a 1.686 metros cúbicos por segundo. Todo en una estrecha rambla que habitualmente está seca.
El protocolo de la CHJ establece la obligación de informar cada vez que su medidor detecta un caudal superior a los 150 metros cúbicos por segundo, y la entidad omitió este mandato hasta en 15 ocasiones en ese periodo letal.
La juez agrega que la propia Confederación informó en una reciente nota de prensa, del pasado 4 de febrero, que el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) transmitía datos actualizados cada cinco minutos.
Es por esta razón por la que la magistrada requiere a la CHJ que facilite "la integridad" de los datos existentes en ese intervalo de tiempo sobre el caudal del barranco y concrete "el medio utilizado de transmisión", si este consistía en su mera publicación en la página web de la CHJ o se usó algún otro.
"No se contesta"
Respecto al envío del SMS de alerta a la población ES-Alert enviado por la Generalitat a las 20.12 horas, la jueza lamenta que en la documentación remitida por la Conselleria de Interior y Emergencias de la Generalitat "no se contesta a lo interesado por este juzgado".
La pregunta que había realizado era muy concreta: qué persona tomó la decisión de enviar el mensaje masivo. Por ello, vuelve a requerir a la Administración autonómica para que lo comunique "en el improrrogable plazo de cinco días".
También solicita a la conselleria que identifique al funcionario o al técnico que ejecutó esa orden.
La jueza quiere recabar declaraciones tanto sobre el conocimiento del sistema ES-Alert como "sobre el nivel de alerta y la evolución de las circunstancias meteorológicas" durante esa fecha.
Por ello, a su vez, en el auto ha acordado citar a declarar en calidad de perito a un investigador de la Universidad Politécnica de Valencia.
Lo hará para explicar un estudio cartográfico en el que se detalla de forma minuciosa las cotas a las que llegó el agua tras el desbordamiento del barranco del Poyo en municipios de la comarca de l’Horta Sud.
En el auto, que ha sido notificado este jueves a las partes, la magistrada también ha acordado solicitar a diferentes medios de comunicación material videográfico sobre la crecida de esa rambla y las declaraciones y comunicaciones efectuadas por autoridades y responsables de Emergencias.
"Desconocimiento"
La resolución judicial recoge que, de la práctica de los ofrecimientos de acciones y declaraciones de testigos y familiares de los fallecidos del partido judicial de Catarroja, "se constata un desconocimiento por las víctimas de la situación de altísimo riesgo en la que se encontraban por el desbordamiento de la Rambla del Poyo, así como del Barranco de l’Horteta".
La magistrada recuerda que muchas víctimas de la tercera edad se encontraban en las plantas bajas de sus domicilios y murieron en ellos, mientras que otras estaban o circulaban por las calles o bajaban a sacar vehículos de sus garajes cuando el mensaje de alerta donde se instaba a evitar desplazamientos se envió a los teléfonos móviles a las 20.12 horas.
La juez considera que es necesario analizar no solo si se produjeron las oportunas mediciones del caudal del barranco del Poyo y su conocimiento por parte de los responsables de Emergencias.
También si la "simple percepción directa de cualquier persona cercana" a esa rambla de la "intensidad del desbordamiento" pudo permitir a esos responsables conocer la situación.
Además de analizar la remisión del SMS por el sistema ES-Alert, la titular del órgano judicial entiende que ha de dilucidarse también si se comunicó el riesgo existente a la población y la evolución de las circunstancias meteorológicas por "otros medios" de forma previa, como "conferencias de prensa, declaraciones públicas o comunicados oficiales a los medios".
El auto, que ha sido notificado ya a la Fiscalía y a las siete acusaciones particulares personadas hasta hoy en el procedimiento, puede ser recurrido en reforma o apelación.