¿Puedo hacer obras en casa sin avisar a mis vecinos? Esto es lo que dice la ley
La normativa que regula las obras en el hogar es la Ley de la Propiedad Horizontal en su artículo 7 sobre la modificación de elementos comunes y privativos.
8 mayo, 2024 09:59Un cambio en el baño, una reforma en la cocina o tirar algún tabique para hacer el salón más grande. Pensar en hacer obras en casa, tanto si son grandes como pequeñas, requiere una cuidada planificación, permisos administrativos y, si se vive en un bloque de pisos, gestiones con la comunidad de vecinos.
A veces, la propia percepción de nimiedad de la reforma nos hace pensar que igual no hace falta comunicarlo al resto de vecinos porque "es poca cosa". Sin embargo, lo cierto es que hay que tener mucho cuidado antes de empezar una obra porque puede acarrear multas y problemas con los vecinos.
Entonces, ¿hay que comunicar cualquier tipo de obra en casa a los vecinos o solo aquellas mayores? La ley que regula las obras en el hogar es la Ley de la Propiedad Horizontal en su artículo 7, que hace referencia a la modificación de elementos comunes y privativos.
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En este se define que "el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad".
Es decir, no existe obligación de comunicarlo si no afecta a elementos comunes y de estructura, pero cuesta poco ponerlo en conocimiento de la comunidad y es recomendable por deferencia y para evitar posibles problemas. Además, en los estatutos de la comunidad puede que aparezca alguna norma común respecto a las obras que deba ser tenida en cuenta.
Una vez comunicado a la Comunidad de Vecinos, es muy importante tener en cuenta que existe una regulación en cuanto a limitaciones horarias en las que se puede trabajar y sobre los niveles de ruido que está permitido alcanzar para no molestar en exceso al vecindario.
De forma general, la normativa dicta unos horarios para la realización de obras para que afecte a los vecinos mínimamente. Los horarios que se establecen son de las 8:00h hasta las 21:00h de lunes a viernes (hasta las 20:00h si es con maquinaria pesada); durante el fin de semana y festivos el horario va desde las 9:30h hasta 21:30h.
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Incluso dentro de los horarios permitidos que ampara la ley, en el caso de las obras, la legislación permite que dentro de los horarios establecidos para la obra el límite de decibelios que los vecinos deben soportar en el interior de su vivienda es de 60 decibelios.
Por último, cuando se hace una reforma en el hogar se pueden generar escombros, polvo y suciedad. Para evitar que esto genere un conflicto existen unas normas regidas por el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997, del 24 de octubre, que no permite depositar escombros en ningún sitio que no sean los contenedores habilitados para ello.
Además, puede ser buena idea proteger con cartones u otro material la entrada al portal, las paredes de las escaleras y el ascensor en el caso de que vaya a ser utilizado y así anticipar cualquier daño a las zonas comunes.