Los conflictos con vecinos son muy habituales, sobre todo en los bloques de pisos. El exceso de ruido, el mantenimiento de las áreas comunes o las reformas de viviendas son algunas de las disputas más comunes en las comunidades de vecinos. Y es que la convivencia implica tener que hacer frente a ciertas situaciones incómodas que pueden incluso derivar en denuncias e importantes problemas legales.
El verano es una de las épocas del año donde pueden surgir más conflictos. Los jardines y terrazas suelen ser uno de los ejes centrales de las discusiones, ya que, con la llegada del buen tiempo, se convierten en uno de los lugares más transitados de la casa y, por tanto, en los que se puede ocasionar más molestias.
La instalación de elementos como las piscinas, ya sean hinchables o de obra, pueden ser objeto de controversia entre vecinos. Y es que, para mitigar las altas temperaturas, darse un chapuzón en ellas se presenta como una de las mejores opciones. Sin embargo, su colocación puede suponer el origen de un conflicto vecinal, puesto que, al tratarse de un elemento común del edificio, implica a toda la comunidad de vecinos.
Antes de la compra de la piscina, es importante que el vecino tenga en cuenta que este elemento no pone en riesgo la estructura de la terraza. Por ello, el propietario debe asesorarse bien y asegurarse de que aguantará el peso de la piscina. Según el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, hay que tener en cuenta distintos factores, como el peso de las personas que van a disfrutar de la misma, o los enseres que se colocarán junto a la piscina.
También es importante conocer la antigüedad del edificio y revisar la memoria de estructura de la casa, que debe tener la constructora. En la misma aparece el peso que puede soportar el forjado. En líneas generales, la media de carga soportable suele estar en 350 kilos por metro cuadrado. No obstante, es importante consultar con un arquitecto técnico o con un aparejador para que compruebe que no existen riesgos de derrumbe.
¿Necesito el permiso de los vecinos? Qué dice la ley
Las terrazas son propiedades privadas de cada vecino, pero, en los casos en los que la vivienda pertenezca a una comunidad de vecinos, será imprescindible tener en cuenta la opinión de los otros moradores del bloque comunitario, puesto que cualquier daño que ocasione su instalación será responsabilidad del propietario.
En los casos en que sea necesario poner un refuerzo estructural para que la terraza soporte el peso de la piscina, también será necesario consultar al resto de vecinos.
La legislación en España no dice nada específico sobre el uso de piscinas portátiles, ni dónde ni cómo colocarlas en terrazas o balcones. Lo único que señala es que cada metro cuadrado forjado de una vivienda debe ser capaz de soportar la presión de 200 kilos.
Esta cantidad debería ser suficiente para soportar el peso de personas y muebles, incluidas las piscinas. Por tanto, en un piso recién construido, se podría colocar en una terraza o en una azotea una piscina portátil que no superase los 20 centímetros de profundidad.
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Por ello, si la piscina tiene menos de 20 centímetros, podrá ponerse sin el permiso de los vecinos. No obstante, es muy recomendable pedir un informe técnico que avale que no habrá daños estructurales y presentarlo a la comunidad para que el resto de propietarios estén tranquilos.
Es vital comprobar que la instalación de cualquier tipo de piscina no dañe de ninguna manera el forjado del edificio en el que se encuentre. En cualquier caso, aportar el mayor número de datos posible a la persona que presida en ese momento la comunidad de vecinos evitará problemas en un futuro con el resto de vecinos.