Buscar aparcamiento en las zonas más concurridas de las grandes ciudades puede llegar a convertirse en todo un desafío, pudiendo llegar a necesitar mucho tiempo para encontrar una plaza en la que poder estacionar el vehículo.
Sin embargo, ante esta problemática, hay quienes deciden ayudar a familiares, amigos o conocidos, guardando una plaza libre para un coche, negando así el aparcamiento a otros vehículos que pasan por el lugar.
El tema está de actualidad después de que recientemente se viralizase en las redes sociales el caso de una gran bronca entre un hombre que aparcó en una plaza que una mujer había reservado a pie para su hija, que estaba dando la vuelta en coche. Este hecho originó un gran debate e incluso muchos se han preguntado si es legal guardar una plaza para un vehículo.
Este hecho queda aclarado con tan solo acudir a la Ley de Seguridad Vial, en la que se explica que el peatón debe respetar las señales de tráfico, además de no poder permanecer detenido ni en el arcén ni en la calzada si existe otro lugar adecuado para ello, por lo que no cabe la posibilidad de que esté ocupando una plaza de aparcamiento. De esta manera, quien incumpla la norma, podría exponerse a recibir una multa.
Según establece la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT), el hecho de guardar una plaza de aparcamiento puede ser una infracción, pues la vía pública está destinada tanto para la circulación de los vehículos como de los peatones, y reservar un hueco podría interferir y perjudicar a la misma.
La sanción por guardar una plaza de aparcamiento
Permanecer detenido en un espacio que es parte de la carretera siendo peatón puede suponer un gran riesgo para la circulación como para el propio ciudadano, y esto supone estar infringiendo las leyes de Seguridad Vial, por lo que guardar una plaza de aparcamiento siendo peatón puede suponer una multa de 80 euros en el caso de que se trate de la infracción más leve.
Además, si un vehículo ya aparcado ocupa dos plazas e interfiere en la conducción de otros vehículos, la sanción podría crecer hasta los 200 euros, además de que otros ciudadanos tendrían la posibilidad de llamar a una grúa. Más allá de enfrentarse a una posible multa, el hecho de reservar espacios en la vía pública para otros conductores puede llevar a situaciones de tensión y conflictos, por lo que lo más recomendable en estos casos es llamar a la Policía para denunciar esta práctica.
Las multas que pueden poner a un peatón
Más allá de no poder guardar una plaza de aparcamiento para otro vehículo, existen otras acciones que no pueden ser realizadas por los peatones y que pueden hacer que se vea expuesto a una sanción. Por peatón, se entiende a aquella persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías públicas, considerando también de esta manera a personas que tienen algún tipo de discapacidad que usan silla de ruedas con o sin motor, así como quienes empujan o mueven vehículos sin motor de pequeñas dimensiones.
Los peatones son parte del grupo de usuarios vulnerables de las vías, junto a motoristas, ciclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se busca protegerles con sanciones para los conductores que no cumplan las normas, pero al mismo tiempo los peatones son responsables de cumplir también sus normas, pues en caso contrario podrían llegar a ser los causantes de un accidente, como sucede, por ejemplo, a la hora de cruzar por un lugar indebido y provoca sorpresa en un vehículo que circula con normalidad.
Para evitar comportamientos que puedan suponer un riesgo para el resto de usuarios de la vía, así como para no ser multado, conviene conocer las diferentes sanciones a las que se expone un peatón, entre las que hay que destacar las siguientes:
- Cruzar una calzada fuera de los pasos de peatones existentes (80 euros).
- Caminar muy despacio por la calzada o el paso de peatones sin que haya una causa que lo justifique (80 euros).
- Caminar por el carril bici y carril bus (200 euros).
- Cruzar con el semáforo en rojo para peatones (200 euros)
- Caminar de forma incorrecta por carreteras fueras de poblados, es decir, no hacerlo por la izquierda y hacerlo por el arcén o calzada entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones meteorológicas que reduzcan la visibilidad sin hacer uso de un elemento reflectante o luminoso (80 euros).
- Negarse a realizar pruebas de alcohol y/o drogas cuando así sea requerido por estar implicado en un siniestro. Si en el control se da positivo, se sancionará de acuerdo a la ley de Seguridad Vial de la misma forma que a un conductor, aunque sin la retirada de puntos del carnet de conducir. La multa por exceder la tasa permitida de alcohol será de 500 euros en el caso de que se tengan entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l y de 1.000 euros si supera los 0,5 mg/l.
- Caminar por autopistas o autovías (100 euros)
- No obedecer una señal de prohibición de entrada para peatones (80 euros).
- No colocarse el chaleco reflectante a la hora de salir de un vehículo parado en el arcén o calzada de una vía interurbana (200 euros).