Existen numerosas causas por las cuales se puede solicitar al juez el desahucio de un inquilino, pero principalmente nos podemos centrar en dos de ellas. Por un lado, puede venir dado por la finalización del contrato, y por otro, el más habitual, por el impago de rentas o suministros, lo que dará lugar a un desahucio por impago del alquiler. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para poder actuar en aquellas situaciones en las que te veas en la necesidad y/o deseo de desalojar de tu inmueble a inquilinos morosos.
¿Qué es el desahucio exprés?
El desahucio exprés es un procedimiento legal mediante el cual se puede expulsar a inquilinos u ocupantes ilegales de un inmueble. En los últimos años, se ha convertido en la solución preferida por los arrendadores y propietarios que se encuentran ante problemas de este tipo. Es un procedimiento regulado principalmente por la Ley de Enjuiciamiento Civil, y se completa a través de un juicio verbal, de manera que el juez podrá analizar las pruebas aportadas por cada una de las partes y decidir según cada caso en particular.
Antes de poder dar inicio a este procedimiento será necesario cumplir con una serie de requisitos legales, como la existencia de una demanda judicial elaborada por abogado y procurador, el abono de las tasas judiciales y la aportación del contrato de arrendamiento.
Una de las principales ventajas que ofrece el desahucio exprés es que es un proceso aceptado oficialmente para poder proceder a la reclamación de una propiedad a ocupantes legales o ilegales, así como para estar en disposición de exigir el abono de las rentas de alquiler atrasadas. Así, los propietarios de los inmuebles tienen una herramienta para poder recuperar de forma legal su propiedad sin recurrir a medios violentos e ilegales. No obstante, esta posibilidad solo está a disposición de quienes posean un derecho legal sobre la propiedad y puedan demostrar esta condición ante un tribunal.
Cómo se realiza un desalojo exprés
Para poder llevar a cabo un desalojo exprés, aquella persona que pretenda recuperar una vivienda y desalojar a un inquilino moroso o un okupa, deberá proceder a presentar la correspondiente demanda ante el juzgado de primera instancia del lugar en el que se encuentre el inmueble. Una vez que ha sido presentada la solicitud, el tribunal trasladará la existencia de esta a los inquilinos de la vivienda, de forma que estos puedan optar por mostrar su oposición o bien desalojen el inmueble inmediatamente.
Asimismo, el demandado es informado de la posibilidad de poder acudir a los servicios sociales para que estos puedan determinar la existencia de una situación de vulnerabilidad. De forma simultánea, el juzgado de oficio comunicará la existencia del procedimiento, que será suspendido durante un periodo de tiempo en el caso de que se considere que los arrendatarios se encuentran en una situación de riesgo de exclusión social.
Si una vez recibida la demanda, los inquilinos morosos u okupas no se oponen a la demanda presentada, se llevará a cabo el lanzamiento en la fecha fijada sin que sean necesarios más trámites, siempre y cuando el demandante así lo hubiese solicitado en su escrito inicial. En caso contrario, es decir, si los inquilinos del inmueble muestran su oposición, habrá que celebrar una vista con ambas partes implicadas, para luego fijar una nueva fecha de desalojo por si la sentencia dictada no es recurrida.
Coste y tiempo de los desahucios exprés
Tanto el precio como el tiempo de los desahucios exprés son dos de las cuestiones que más preocupan a los propietarios o arrendadores que buscan que los inquilinos morosos u ocupantes ilegales abandonen un inmueble.
En lo que respecta al coste de un desahucio, el importe puede variar de manera significativa entre cada caso en particular, ya que los honorarios de abogado y procurador no son fijos, unos gastos a los que hay que sumar los relativos al servicio de cerrajería para cambiar la cerradura de la casa, y las posibles tasas judiciales. De esta manera, el gasto por un desalojo exprés puede llegar a ascender hasta aproximadamente unos 600 euros.
En lo que respecta a la duración del proceso, hay que tener en cuenta que los plazos de los procesos civiles verbales tienen una menor prolongación en el tiempo que los ordinarios, si bien la acumulación de trabajo en los juzgados hace que en la gran mayoría de las ocasiones el procedimiento se alargue por encima de lo estipulado en la normativa. De esta manera, un desahucio exprés puede llegar a tener una duración de en torno a los 6 meses, un periodo de tiempo que, aunque pueda parecer elevado, es notablemente inferior a los más de 12 que debía transcurrir antes de la reforma, cuando había ocasiones en las que incluso había que esperar varios años.
La popularidad del desalojo exprés
En los últimos años, el desalojo exprés se ha hecho muy popular en España, principalmente por su gran eficacia para devolver las viviendas a sus legítimos propietarios. El proceso, que es rápido y sencillo, se ha convertido en una herramienta muy útil para poder expulsar de los inmuebles a los okupas y a los inquilinos morosos que se niegan a pagar el alquiler.
A medida que aumenta la necesidad de la vivienda, las propiedades vacías se han convertido en un bien muy atractivo para los ocupantes ilegales, y para enfrentar estas situaciones una de las mejores maneras es a través del desahucio exprés.