¿Puede pedir la legítima un hijo si le han desheredado en el testamento?

¿Puede pedir la legítima un hijo si le han desheredado en el testamento?

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Qué pasa con la parte de la herencia que corresponde por ley a un hijo si su padre le deshereda

En España, el tema de la desheredación y cómo afecta a la parte de la herencia que corresponde por ley a un heredero es un aspecto muy regulado dentro del Código Civil. A continuación te detallamos cómo funciona.

25 enero, 2024 11:22

Las herencias son un tema que da siempre mucho que hablar y que está repleto de dudas, sobre todo cuando hablamos de aquellas circunstancias que se dan con una menor frecuencia, como sucede con la desheredación. Hay ocasiones en las que los progenitores toman la decisión extrema de privar a un hijo de la herencia que le corresponde según la ley en España, y esto genera la duda de qué sucede con esa parte de la herencia.

Para empezar, es necesario recalcar que la desheredación es el acto legal a través del cual se excluye a un heredero de su derecho a recibir la parte de los bienes que, de acuerdo a la ley, le corresponden en una sucesión. La legislación determina que los "herederos forzosos", como son los hijos, cónyuge y ascendientes, poseen un derecho protegido a disfrutar de una parte de la herencia que no se puede vulnerar de forma arbitraria.

La herencia legítima es un tercio del conjunto total de la herencia, que se debe repartir de forma equitativa entre los herederos forzosos. Si atendemos a la norma, podría parecer que no es posible desheredar a una persona, pero sí que es factible excluir a una persona de una herencia mediante el testamento, aunque para ello es necesario justificar los motivos de esta decisión.

[Qué pasa con una herencia si no se localiza a uno de los herederos]

No es posible desheredar sin que exista una razón de peso para ello, por lo que se necesita que existan acciones que atenten de manera grave contra el testador, como aquellas ocasiones en las que se les ha negado alimentos, ha existido un maltrato físico o psicológico, por existencia de amenazas o coacciones relacionadas con el testamento, por acusaciones falsas de delito o por intentos de atentar contra la vida del testador. En todo caso, hay que recalcar que estos motivos deben encontrarse debidamente respaldados por sentencias firmes o pruebas irrefutables para que se consideren legítimos.

¿Qué sucede con la porción de la herencia de una persona desheredada?

Cuando una desheredación cumple con los requisitos indicados por la legislación, el heredero afectado pierde su derecho a la legítima. En este tipo de situaciones es frecuente que haya disputas legales en las que los afectados tratan de impugnar el testamento, casos en los que deberán demostrar que los motivos que el testador esgrimió para excluirlos de la herencia no son ciertos, y una vez fallecido este último, serán el resto de los herederos los encargados de justificar su validez.

Al hablar del derecho de representación, conviene tener en cuenta que este permite que, en el caso de que un heredero forzoso sea excluido, sus descendientes pueden recibir la parte que a él le hubiese correspondido, como si éste hubiese fallecido antes de que se produjese la sucesión.

En cualquier caso, cuando se afronta un procedimiento judicial para la impugnación de una desheredación, da comienzo un proceso riguroso en el que es imprescindible la aportación de sólidas pruebas que puedan ayudar a la reclamación de la herencia. El juez tendrá que valorar estas para determinar si la desheredación es válida o si, por el contrario, se declarará nula.

Causas legales para desheredar a un hijo en España

En el Código Civil, en los artículos 852 a 855, se establecen las causas para desheredar a un hijo, unas causas a las que debe ceñirse toda aquella persona que quiera desheredar a un hijo. En este sentido, existen tanto causas genéricas como causas específicas para determinados supuestos. Comenzando por las primeras, nos encontramos con las siguientes:

  • Haber sido condenado por atentar contra la vida, provocar lesiones o ejercido habitualmente violencia psíquica o física en el ámbito familiar al testador, su cónyuge o persona con la que mantenga una relación análoga de afectividad o alguno de sus ascendientes o descendientes, debiendo existir una sentencia firme.
  • Haber sido condenado por delitos contra la libertad, integridad moral o indemnidad sexual, si la persona afectada ha sido alguna de las ya indicadas en el punto anterior, debiendo existir también una sentencia firme.
  • Cuando se ha forzado al testador a través de amenazas, fraude o violencia para que haga o modifique su testamento.
  • En aquellos casos en los que se acuse al testador de delito para el que la ley indique pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
  • Cuando se impide a otro hacer testamento o revocar el ya hecho, o bien suplantar, ocultar o alterar uno posterior.

A estas hay que sumar las mencionadas causas específicas, que se dividen en diferentes supuestos:

  • Desheredación de hijos y descendientes: entre los motivos para poder desheredar a un hijo se encuentran los mencionados de negar alimentos al ascendiente que le deshereda, el maltrato o las injurias graves, entre otros.
  • Desheredación de padres y ascendientes: si los herederos forzosos son los padres, se pueden desheredar en el caso de que hayan negado alimentos a sus descendientes sin motivo legítimo, si hubiese atentado uno de los padres contra la vida del otro (siempre y cuando no hubiese habido reconciliación entre ellos) o si han perdido la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes sobre ella o por una causa matrimonial o criminal.
  • Desheredación del cónyuge: si un fallecido no tiene descendientes ni ascendientes vivos, la ley reconocerá al cónyuge como hereditario forzoso, aunque podría ser desheredado si se da un incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales, si niega el alimento al otro cónyuge o a los hijos, si atenta contra la vida del cónyuge testador (sin reconciliación) o si pierde la patria potestad por sentencia por incumplir con los deberes inherentes a la misma.