El alcalde de Alicante Luis Barcala (PP), ha anunciado que el Ayuntamiento no recurrirá la sentencia sobre el diseño del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad, en el marco de la causa judicial derivada del denominado “caso Brugal”, que ha sido notificada este miércoles por la Audiencia Provincial.
“Como no puede ser de otro modo, acato y expreso mi máximo respeto a la sentencia judicial, como siempre he dicho”, ha manifestado el primer edil.
“Después de más de 12 años, ha hablado la Justicia, que es a quien correspondía hacerlo, aunque se trata de una justicia lenta y tardía que no puede reparar el enorme daño, de todo tipo, infligido”, ha agregado.
Después de examinar la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, Barcala confirma que el consistorio no presentará ningún recurso. “A la vista del fallo y sus fundamentos y hechos probados”, ha indicado el alcalde, “el Ayuntamiento no recurrirá la sentencia”.
La Audiencia de Alicante ha condenado al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, y a promotor Enrique Ortiz a multas de 6.000 y 18.000 euros, respectivamente, por cohecho. El fallo también absuelve a la sucesora de Alperi, Sonia Castedo, porque, a pesar de que considera que también cometió el mismo delito al aceptar una chaqueta de lujo, en su caso ha prescrito.
Sin embargo, la Sala argumenta que no existen suficientes indicios como para demostrar que hubo revelación de información privilegiada por parte de los dos munícipes al empresario, que también era el principal dueño de suelo urbanizable de Alicante.
Sonia Castedo dimitió el 23 de diciembre de 2014 precisamente por la presión ejercida por su partido conforme avanzaba este caso, del que se habían aireado las escuchas telefónicas intervenidas entre ella y Ortiz.
La Audiencia considera probado que entre la familia de Castedo y la del promotor existía una relación de amistad, pero que en muchos casos (como en el viaje que hicieron juntos en yate a Ibiza) esto no bastaba para que se considerase delito.
El juicio ha durado 12 largos años entre otras cuestiones porque tanto Castedo como Alperi eran diputados autonómicos, por lo que parte de la instrucción se hizo en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, ambos políticos dimitieron a la vez para desplazar la causa a Alicante, que es donde finalmente se ha dictado sentencia.
El auto es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo. De momento el Ayuntamiento ya ha dicho que acatará el fallo. Falta por ver la acusación.