Un hombre de 42 años y nacionalidad colombiana ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a diez años de prisión por un delito de abuso sexual tras practicarle una felación a un menor de 16, a quien retuvo y obligó a acompañarle hasta un descampado del alicantino barrio de San Antón.
Los hechos objeto de juicio tuvieron lugar sobre las 23 horas del 24 de octubre de 2020 en las inmediaciones del parque de bomberos situado en la avenida de Jaime II.
La sentencia dictada por la Sección Décima considera probado que el acusado se aproximó hasta el menor y le paró para comenzar a formularle preguntas sobre su edad o sus estudios, así como otras cuestiones de contenido sexual.
La víctima trató de reanudar su camino pero el procesado lo tomó por el cuello y le obligó a caminar hasta un descampado próximo y allí, tras obligarle a visionar un vídeo de contenido pornográfico en su teléfono móvil, "le bajó los pantalones y el calzoncillo, le sacó el pene y se lo introdujo en su boca, realizándole una felación".
Después, trató de tranquilizar a su víctima asegurándole que no pasaba nada y que volviese al día siguiente para hacerle entrega de 100 euros. Acto seguido, el menor llegó a su domicilio y llamó por teléfono a un amigo para contarle lo sucedido, quien a su vez le trasladó los hechos a su madre, que interpuso la denuncia.
La sentencia considera acreditada la autoría del abuso sexual en base al relato ofrecido por la víctima y al reconocimiento que llegó a formular el acusado, aunque "adornando el hecho con evasivas exculpatorias y negando rotundamente" que amenazara al menor con una navaja.
Ese reconocimiento se produjo pese a que su defensa solicitó su absolución en el acto del juicio, después de alegar un error en la apreciación de la edad de la víctima. Subsidiariamente planteó que se le condenase a 8 años de prisión.
Por su parte, la Fiscalía solicitaba una pena de 13 años de prisión, mientras que la acusación particular, ejercida por la familia del menor, elevaba esa petición hasta los 15 años de internamiento.
Otros elementos probatorios
En la sentencia el tribunal estima también como elementos probatorios el relato ofrecido por la madre de la víctima, quien declaró en el juicio que su hijo había regresado a casa con un comportamiento anómalo y sin dejar de llorar.
El tribunal le impone una pena de 10 años de privación de libertad, además de otros cinco años de libertad vigilada. De igual modo, fija el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima en concepto de responsabilidad civil.
Se da la circunstancia de que el procesado ya había sido condenado a pena de multa en sentencia firme por otro delito de abuso sexual en diciembre de 2017.
La sentencia dictada ahora, el pasado 17 de noviembre, es recurrible en apelación ante la sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.