Un hombre de 58 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a diez años de prisión por abusar sexualmente de la hija de unos amigos, de solo cuatro años, mientras lo grababa con su teléfono móvil.
La sentencia dictada por el tribunal de la Sección Primera le considera responsable de un primer delito de abuso sexual continuado, por el que le impone una condena de cinco años de privación de libertad, así como de un segundo delito de producción de pornografía infantil, por el que establece una pena adicional de cinco años más.
El texto recoge que los abusos sexuales en forma de tocamientos se produjeron durante la tarde del 17 de septiembre de 2019, cuando el acusado, amigo de los padres de la menor, se ofreció a llevarse a pasear a la niña por Calpe mientras su madre le estaba haciendo la manicura a una amiga.
La sentencia concreta que el procesado se llevó a la niña hasta su domicilio, le bajó la ropa, la sentó sobre sus piernas y le tocó la vagina mientras lo grababa con su teléfono móvil, en una prueba que posteriormente ha sido utilizada en la investigación y ha sido clave para condenarlo también por pornografía infantil.
El tribunal apunta que, además, el acusado había practicado otros tocamientos similares a la niña en el baño del restaurante en el que trabajaba su padre.
Reconocimiento de los hechos
Finalmente, los padres de la menor acudieron a la Guardia Civil a presentar denuncia el 30 de septiembre de 2019, lo que dio lugar a la instrucción de la causa.
El procesado reconoció los hechos en el inicio del juicio y expresó su conformidad con el relato de hechos mantenido por la Fiscalía.
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Al margen de ese reconocimiento, la sentencia añade como elemento probatorio adicional el hallazgo del vídeo de los abusos grabado en el terminal telefónico del acusado, que le fue intervenido tras su arresto, en el que también se hallaron otros vídeos objeto de otra causa, según la sentencia.
Por último, además de las dos penas de privación de ingreso en un centro penitenciario, la sentencia añade la imposición de otros 10 años de libertad vigilada y conmina al procesado a indemnizar a los padres de la menor en la cantidad de 20.000 euros.