La Audiencia Provincial de Alicante, en una imagen de archivo.

La Audiencia Provincial de Alicante, en una imagen de archivo.

Alicante TRIBUNALES

Más de 8 años de cárcel por arrollar dos coches e intentar atropellar a un agente al huir en Elda

El día de los hechos, el encausado estaba en el interior de su vehículo estacionado en una vía del municipio.

28 junio, 2024 18:15
Alicante

Un hombre de 34 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a una suma total de ocho años, seis meses y un día de prisión por haber arrollado dos coches policiales e intentado atropellar a un agente de la Policía Nacional cuando huía en un vehículo para que no le fuese intervenida la cocaína que portaba, en un suceso ocurrido en junio de 2021 en la ciudad de Elda.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, detalla que, el día de los hechos, el encausado estaba en el interior de su vehículo, estacionado en una vía del municipio, y se percató de la presencia de un coche patrulla.

En ese momento arrancó el motor y empezó a conducir de forma apresurada, lo que motivó que los policías le diesen la orden de parar. Sin embargo, el procesado hizo caso omiso de sus instrucciones, dio un giro brusco para esquivar el coche de la Policía y comenzó una huida por varias calles de la ciudad.

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En esa fuga se dirigió contra un agente, que tuvo que dar un salto para apartarse y evitar ser arrollado. Además, al proseguir en su huida, el procesado embistió a otro vehículo que le obstaculizaba el paso, provocando una lesión cervical a su conductora.

De igual modo, la resolución judicial precisa que, sin interrumpir la marcha, el acusado lanzó por la ventana del vehículo dos paquetes que permanecían en su poder, que fueron interceptados por otro agente.

Según el tribunal, el análisis de la sustancia que contenían permitió constatar que el primer paquete almacenaba 99,8 gramos de cocaína con un grado de pureza del 83 %, que habría alcanzado un valor de 11.179,99 euros en el mercado ilícito. El segundo bulto también contenía 99,38 gramos de cocaína con un grado de pureza del 27,7 %, cuya venta habría generado un rédito de 5.156,66 euros.

Sea como fuere, la sentencia también considera probado que, después de desprenderse de la droga, el conductor siguió su fuga hasta embestir a un segundo vehículo que se interponía en su camino, aunque sin llegar a provocar lesiones a su ocupante.

Por último, la Policía localizó minutos después el coche abandonado y con las llaves puestas, sin presencia del encausado. No obstante, los agentes hallaron en su interior el DNI del procesado y una tarjeta de crédito, lo que facilitó su identificación y detención posterior.

El procesado sostuvo, durante su declaración en el juicio, que él no conducía el vehículo que protagonizó la huida. Es más, afirmó que, en el día del suceso, él no se encontraba en Elda y dijo no saber por qué motivo había dejado olvidada su documentación en su interior.

Con todo, el tribunal estima acreditada su responsabilidad a partir de las evidencias acumuladas, como el hallazgo de su documentación en el vehículo o el hecho de que fuese identificado por los agentes que intervinieron en su persecución, quienes aseguraron que el acusado era quien conducía, aunque presentaba una imagen de deterioro respecto a la fotografía que aparecía en su DNI.

La Audiencia de Alicante considera al procesado autor de un primer delito contra la seguridad vial, castigado con seis meses de prisión. Además, le atribuye un segundo delito de atentado contra agentes de la autoridad, por el que añade la pena de tres años y un día de cárcel.

En tercer lugar, le considera autor de un delito de lesiones dolosas, por el que acuerda otra condena de dos años de privación de libertad. Y le suma otro delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud con otra pena de tres años de prisión y multa de 80.000 euros.

Por último, también le considera autor de un delito de daños, por el que se le impone la pena de seis meses de multa, con cuota diaria de seis euros.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.