La Audiencia de Alicante ha condenado a un joven de 22 años residente en Calpe a dos años de prisión por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil. La sentencia considera probada que en los archivos que tenía en su casa y que luego compartía mediante correo electrónico aparecían menores de cinco años.
La resolución judicial, a la que ha tenido acceso Efe, se ha alcanzado por conformidad de las partes. En ella se refleja como probado que este acusado disponía de imágenes y vídeos de contenido pedófilo almacenados en diferentes soportes digitales que luego compartía con terceros a través de internet.
En esos archivos la sentencia explica que se podía apreciar a menores de cinco años realizando distintas prácticas sexuales activas y pasivas. Estos vídeos e imágenes los almacenaba en un ordenador, dos memorias USB, otras dos tarjetas y en dos teléfonos móviles que fueron registrados por la Policía Nacional bajo la autorización judicial el 19 de febrero de 2019.
En aquel registro se encontraron múltiples direcciones de correos electrónicos mediante los que compartía las imágenes de contenido pedófilo, como indica el texto dictado por un tribunal de la Sección Segunda.
Negó los hechos
La primera reacción del entonces procesado fue negar los hechos frente a las evidencias encontradas y por ello había solicitado su libre absolución. El joven, que en aquel momento tenía 19 años, solo reconoció la existencia del delito atribuido por la Fiscalía, después de que se produjese una rebaja de las penas solicitadas inicialmente, de siete a dos años de privación de libertad.
Con la aplicación de esta condena, que quedará en suspenso por un plazo de tres años, el tribunal acuerda su inhabilitación para el desempeño de cualquier profesión y oficio que conlleve trato regular y directo con menores de edad por un tiempo de cinco años.
Igualmente, la Audiencia de Alicante le impone a este joven residente en Calpe las medidas de libertad vigilada durante tres años. Durante ese periodo, tendrá la obligación de participar en programas formativos de educación sexual. A todo ello, la sentencia le impone el correspondiente pago de las costas procesales.
El pasado noviembre la Audiencia de Alicante también condenó a otro hombre por poseer material pornográfico infantil y aplicó del mismo modo la suspensión de la pena de libertad por un plazo de cuatro años. A pesar de que el condenado había distribuido doscientos gigas de estos datos, pudo evitar la prisión a condición de que el procesado no volviera a delinquir y se someta programa formativo de educación sexual.