Uno de los colgantes de Santa Barbara Jewerly.

Uno de los colgantes de Santa Barbara Jewerly.

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El conflicto de Alicante en Europa por el "parecido" de unas vírgenes con las partes íntimas femeninas

La Oficina de Propiedad Intelectual de la UE rechazó el registro de tres medallas con unos genitales femeninos que vinculó con la religión cristiana.

29 agosto, 2024 07:45
Alicante

Cuando Laura Ivorra creó junto a su pareja Gaston Andersson la joyería Santa Bárbara Jewelry en marzo de 2020, jamás se imaginaría que algunos de sus diseños iban a ser rechazados por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) por "ser contrarios al orden público y a las buenas costumbres".

Todo empezó en el año 2021. Cuando la marca se encontraba en pleno periodo de expansión, todavía experimentando las dificultades de los inicios, su creadora Laura Ivorra decide registrar en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea cinco diseños. Dos de ellos fueron registrados "sin problema", sin embargo, otros tres suscitaron la especial atención de la examinadora de la EUIPO, con sede en Alicante.

Pensando que iba a adquirir sin complicaciones el registro de sus cinco diseños, Laura Ivorra se quedó "de piedra" al abrir el buzón aquel día de diciembre de 2021. El escrito de la EUIPO recogía el rechazo al registro de tres medallas chapadas en oro de 24k representando una vulva. 

Las razones de tal rechazo fueron justificadas por ser unos diseños que "son contrarios al orden público o a las buenas costumbres porque contienen imágenes obscenas y/o inmorales".

"Una parte de la población de la Unión Europea, en particular una parte de los ciudadanos con una educación cristiana, consideraría esos diseños como altamente irrespetuosos y ofensivos para algo santo o sagrado. Esta parte de la población entenderá que muestran una representación naturalista de los genitales femeninos de una manera que transmite claramente la disposición tradicional de la representación de María, la madre de Jesucristo, en colgantes, rosarios, medallas y otros objetos religiosos", recoge el informe de examen de la EUIPO

Recurso ante la EUIPO

"Nunca quisimos ofender a ninguna religión con nuestros diseños, no entendimos tal rechazo, nuestro único propósito era representar anatómicamente a los genitales femeninos en una pieza de 2 centímetros", lamenta Laura Ivorra, en una conversación con este diario. "Siempre tuvimos un poco de miedo al lanzar estos diseños porque sabíamos que no eran de agrado para todo el mundo, pero nunca nos imaginábamos que esto iba a pasar", confiesa.

Desemparada ante la terrible sorpresa, decidió contratar a una abogada especializada en protección intelectual e industrial. Así es como Lara Grant, con 24 años de experiencia en este área, entró en la vida de la diseñadora alicantina.

"Nunca antes me había encontrado con un caso como este". Enseguida la abogada se puso manos a la obra para presentar un recurso ante la Tercera Sala de Recurso, formada por tres miembros de la EUIPO. Para ello, empezó a buscar jurisprudencia en la que apoyarse, pero no encontró ninguna decisión a nivel europeo, español o internacional en este sentido, "no tenía a disposición ninguna sentencia de un caso parecido en la que apoyarme", asegura la abogada.

En una conversación por teléfono con este diario, la abogada asegura que los casos de rechazo de registro por orden público o buenas costumbres suelen producirse con más frecuencia en casos de marcas para "proteger a la población" ante imágenes, expresiones e insinuaciones perturbadoras o con tintes racistas, discriminatorios o difamatorios, por ejemplo se denegaron marcas como "La mafia se sienta en la mesa", "Pablo Escobar" o "Screw you". Sin embargo, en el caso de los diseños, la abogada asegura que es "muy raro" que se reciba una objeción por este motivo ya que se trata de conceptos más relativos y de hecho "este caso de los colgantes de Laura ivorra es el primero de este tipo ante la EUIPO", enfatiza.

En el caso de las joyas de Laura Ivorra, la letrada explica que, a ojos de la examinadora de la EUIPO, "la representación del órgano femenino no era el problema", sino la asociación que ésta hacía de las piezas con la representación de una virgen, tradicionalmente replicada en forma de medallas de oro, como las piezas de la diseñadora alicantina.

Así, a la hora de redactar el recurso, la abogada se centró en afirmar que estos diseños no alteraban el orden público ni eran contrarios a las buenas costumbres, haciendo hincapié en el carácter relativo y artístico de estas piezas.

"Los solicitantes no comparten la opinión de la examinadora de que los dibujos o modelos en cuestión transmitan un sentimiento religioso por el mero hecho de enmarcar los genitales femeninos de sus creaciones artísticas en elementos de uso común y frecuente en el sector de la joyería", recoge el recurso.

Acerca del concepto de "buenas costumbres", la decisión recalca que "este debe interpretarse a la luz de su significado habitual y del contexto en que generalmente se utiliza", asegurando que dicho concepto hace referencia a "valores y normas morales fundamentales aceptados por una determinada sociedad que pueden evolucionar a lo largo del tiempo y variar en el espacio". Por lo que "deben determinarse con arreglo al consenso social predominante en cada sociedad en el momento de la evaluación".

Tras meses de trabajo conjunto, Laura Ivorra, junto a la ayuda de su abogada, ganó finalmente el caso, habiéndose aceptado el recurso presentado ante la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO. "Se tratan de unas joyas con una representación explícita de la vulva, rodeados de rayos de luz y de un corazón, que en ningún momento pretenden ofender a ninguna religión ni creencia", justifica la diseñadora.

La victoria

Así, tras entregarse el recurso, al que ha tenido acceso este diario, la Sala consideró que "la resolución impugnada incurrió en error al concluir que los dibujos o modelos de colgantes objeto del presente recurso eran incompatibles con los valores y normas morales fundamentales aceptados en la normativa europea", considerando así "la falta de razones objetivas y verificables para considerar que los modelos son contrarios a las buenas costumbres".

Tras la respuesta recibida por parte de la Sala el 7 de marzo de 2023, se aceptó finalmente el recurso y la solicitud volvió a ser examinada, consiguiendo así el registro internacional tras un segundo análisis.

De cara a futuras situaciones similares, la abogada desea que este caso pueda "servir de ayuda", manifestando así su deseo de hacer pública la decisión del caso de las joyas de la diseñadora alicantina, ya que no está disponible actualmente en las bases de datos de la EUIPO al ser un diseño internacional.

El futuro de la marca

Este percance "nada esperado", agotó a la diseñadora tanto "emocionalmente" como "económicamente". Tal era su desconcierto que no fue hasta este verano, un año y medio después de la publicación de la resolución, cuando la diseñadora lo comunicó a sus clientes a través del Instagram de la firma. 

A pesar del bache emocional, la creadora relata, emocionada, el "apoyo abrumador" que recibió por parte de otros creadores, artistas y clientes. "Estos cientos de mensajes de cariño me ayudaron a convencerme de que hicimos lo correcto", asegura.

De carácter reivindicativo, su marca nació del deseo de plasmar en forma de arte "todas las situaciones que algunas vez las mujeres hemos vivido", centrándose en "visibilizar la figura de la vulva para que deje de ser un tabú".