La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar con 460.840 euros a Mediaset por 4 infracciones graves, dos de ellas de carácter continuado, de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.
Durante el mes de febrero de 2015, Mediaset insertó publicidad en diversos programas de Telecinco y Cuatro sin interrumpir los programas y mezclando los contenidos editoriales con los publicitarios. En concreto, las campañas publicitarias aparecieron en El programa de Ana Rosa, Sálvame Limón, Sálvame Naranja y ¡Qué tiempo tan feliz! [todos emitidos en Telecinco] y en Noticias Cuatro Deportes, Todo va bien y Las mañanas de Cuatro [en Cuatro]. En total, se han registrado 17 inserciones de publicidad con una duración global de 88 segundos.
Para fijar la sanción, la CNMC ha valorado la repercusión social en función del canal y de la audiencia, el número de inserciones publicitarias y su duración, el beneficio económico que la conducta infractora puede haber reportado al operador y el carácter continuado de dos de las cuatro infracciones.
Competencia recuerda la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual, que regula el derecho a emitir mensajes publicitarios. "Tanto los mensajes publicitarios en televisión como la televenta deben estar claramente diferenciados de los programas mediante mecanismos acústicos y ópticos según los criterios generales establecidos por la autoridad audiovisual competente. El nivel sonoro de los mensajes publicitarios no puede ser superior al nivel medio del programa anterior".
Además, recuerda que "los mensajes publicitarios en televisión deben respetar la integridad del programa en el que se inserta y de las unidades que lo conforman". Contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.