La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural incluye en las ayudas a la reposición de reses sacrificadas por los programas de sanitarios la opción de "fomentar la compra de animales de la especie equina", que puedan "sustituir la explotación de las especies ganaderas ovina, caprina o bovina", dado que su "resistencia" frente algunas enfermedades puede evitar riesgos sanitarios en zonas de elevada prevalencia de las mismas.
Así lo recoge la orden de 7 de junio de la Consejería de Agricultura por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para la reposición de reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes, que publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
La Consejería argumenta que los "nuevos retos" en la ganadería, la modificación de los medios de producción y la posibilidad de la reconversión del sector añaden "otras opciones" a esta ayuda y establecer otros requisitos que deben estar reflejados en esta orden de ayudas.
En este sentido, Agricultura que la especie equina favorece "enormemente" el mantenimiento del medio natural, el aprovechamiento de pastos y la conservación del patrimonio genético, lo que contribuye en opinión de este departamento a la revalorización y desarrollo rural.
Además, la Consejería reconoce que el marco normativo dispone "el sacrificio obligatorio de los animales reaccionantes positivos a cada una de las enfermedades objeto de campaña de saneamiento ganadero", así como el sacrificio y destrucción de los rumiantes que la autoridad competente en materia de sanidad animal considere que pueden haber estado expuestos al agente etiológico de las encefalopatías espongiformes transmisibles.
Los beneficiarios finales de estas ayudas son las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes, que sean titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino de Castilla y León, que adquieran animales destinados a la reposición de las reses sacrificadas.
Además, se considerará gasto subvencionable la compra de animales de las especies bovina, ovina, caprina y equina por parte de los titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino, destinados a reponer los animales cuyo sacrificio hubiese sido ordenado con carácter obligatorio. La especie animal objeto de gasto subvencionable puede ser distinta a la sacrificada.
El importe máximo de las ayudas convocadas será de hasta 450 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 24 meses (incluido el día de su cumplimiento) y cinco años (excluido el día de su cumplimiento); hasta 390 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 24 meses y ocho años; hasta 270 euros por animal de la especie bovina de aptitud lechera, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses, y hasta 225 euros por animal adquirido de la especie bovina de aptitud cárnica, con una edad comprendida entre 12 y 24 meses.
Además, se contemplan hasta 100 euros por animal adquirido de la especie caprina de aptitud láctea; hasta 70 euros por animal de la especie ovina de aptitud láctea; hasta 25 euros por animal adquirido de la especie ovina o caprina de aptitud cárnica; hasta 150 euros por macho ovino adquirido homocigoto (ARR-ARR); hasta 270 euros por animal reproductor adquirido de la especie equina de entre 12 meses y 24 meses, y hasta 390 euros por ejemplar reproductor de la especie equina de entre 24 meses y cinco años.