El Consejo de Ministros aprobó este martes un plazo extraordinario de 10 días laborales para que las entidades locales puedan adherirse al programa de ayudas estatales para rebajar al menos un 30 por ciento el precio del transporte público colectivo a los usuarios habituales.
La ampliación, hasta el 21 de septiembre, se ha incluido en el real decreto para la mejora de las condiciones laborales de las personas empleadas en el servicio del hogar.
El Ministerio de Transportes lo justifica en un comunicado por la gran aceptación inicial de la medida, a la que ya se han apuntado 178 entidades locales, y que hace recomendable abrir de nuevo el proceso para dar las máximas flexibilidades a todos los ayuntamientos interesados.
Durante este plazo, también se ha incluido la posibilidad de que las comunidades autónomas con contratos o convenios con Renfe y los consorcios de transporte puedan completar la documentación exigida para acceder a las distintas ayudas en transporte ferroviario prestado por Renfe.
Asimismo, el decreto aprueba la gratuidad de los servicios ferroviarios de media distancia Avant entre Ourense y A Coruña y entre Madrid y Salamanca, por prestarse por red convencional, y no de alta velocidad, como es el caso del resto de servicios Avant.
Finalmente, también se formaliza a nivel legal los compromisos adoptados con las comunidades canaria y balear para elevar los descuentos al transporte público colectivo en las islas, acordados recientemente con los gobiernos de ambas comunidades autónomas, dadas las especiales características que implica la insularidad y de la necesidad de articular políticas desde el gobierno de España para favorecer la igualdad entre los ciudadanos de las islas y de la península.
Normativa de transporte
Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó este martes dos reales decretos mediante los cuales se avanza en la actualización de la normativa tanto del transporte terrestre como del aéreo.
Por una parte, se ha aprobado la modificación del Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.
Así, se reformulan algunas excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre los tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo, se introducen otras nuevas y se actualizan algunas referencias normativas.
Muy especialmente se tiene en cuenta las particularidades de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, equiparando su situación a las islas de los territorios nacionales de superficie no superior a 2.300 kilómetros cuadrados, finalizando el trabajo realizado desde Mitma con las instituciones europeas para tener en cuenta las especiales circunstancias de las dos ciudades autónomas.
Por otro lado, también se ha aprobado otro real decreto por el que se establecen las disposiciones complementarias de la normativa europea en materia de títulos y licencias del personal de vuelo de las aeronaves civiles y restricciones operativas por ruido.