La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid ha considerado que el baremo utilizado en los procesos selectivos de la Junta de Castilla y León para la estabilización de su personal interino “se ajusta a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad”, tal y como señala el Gobierno regional en un comunicado.
La Junta de Castilla y León aprobó en mayo de 2022 las ofertas extraordinarias de empleo público de estabilización para personal de la Administración General, para personal docente y para personal estatutario (SACyL), que afectan a 9.438 plazas. Según indica la Junta, en su desarrollo se llegó a diferentes acuerdos en la Mesa General de Negociación en 2022 y 2023, relativos a las bases generales que regirían los procesos selectivos, y a los programas y pruebas a realizar.
“Estos procesos de estabilización cumplen con lo contemplado en la Ley estatal de 28 de diciembre de 2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que tiene como objetivo cumplir con la exigencia europea de situar la tasa de cobertura temporal por debajo del 8% a 31 de diciembre de 2024 en todas las Administraciones Públicas”, indica el Gobierno regional.
En el ámbito de la Administración General de Castilla y León, en el que se incluyen 2.627 plazas objeto de estabilización, una de las convocatorias fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, concretamente la convocatoria mediante concurso-oposición para el ingreso en los Cuerpos de Administración General y en el Cuerpo de Letrados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, publicada en BOCyL el 29 de diciembre de 2022.
La sentencia ha desestimado el recurso, y argumenta, mediante jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que dicho proceso selectivo no vulnera ningún principio constitucional. Por tanto, el hecho de establecer una valoración de méritos que prime los servicios prestados como funcionario interino o personal laboral no es contrario al principio de acceso a la función pública en términos de igualdad, señala la Junta.
“De esta manera, lo sentenciado por el TSJ acepta los argumentos alegados por los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, y pone énfasis en la finalidad del proceso selectivo, que es reducir la temporalidad en el empleo público, tal y como viene impuesto por una disposición normativa con rango de Ley”.
El consejero de la Presidencia, Luis Miguel González Gago, ha valorado esta sentencia como una demostración de que los procesos selectivos de la Junta de Castilla y León se ajustan a derecho, y ha reafirmado el “compromiso del Gobierno autonómico de culminar con los procesos de estabilización antes de que termine el año 2024, al mismo tiempo que seguimos actuando para rejuvenecer la plantilla de empleados públicos, tal y como se ha demostrado con la última convocatoria de oferta de empleo, en la que se incluyen casi 2.700 plazas de nuevo ingreso”.