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Economía

Cambian las subvenciones para sustituir calderas obsoletas que solicitará el instalador vía telemática

7 julio, 2020 13:15

La Consejería de Empleo e Industria ha aprobado las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la sustitución de calderas y calentadores individuales de más de diez años con el objetivo de conseguir la máxima seguridad de las instalaciones, especialmente de las domésticas, y promocionar el ahorro energético y reducir las emisiones a la atmósfera.

Según explica la consejera, Ana Carlota Amigo, en la Orden publicada este martes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) una "parte importante" del parque de calderas y calentadores de agua domésticos de Castilla y León tiene una "notable antigüedad", lo que supone "un consumo de energía más elevado del que cabría esperar", al ser equipos con un rendimiento energético menor, lo que conlleva a su vez una mayor cantidad de emisiones a la atmósfera.

"En el peor de los casos, si su mantenimiento es deficiente, pueden producir accidentes con consecuencias para personas, bienes o el medio ambiente", añade la consejera en esta Orden que, en base a la experiencia de anteriores años, modifica algunos aspectos del procedimiento mediante la publicación de estas nuevas bases reguladoras.

De este modo, y dado que en la sustitución de calderas y calentadoreses reglamentaria la intervención de un instalador habilitado, será éste el único que pueda presentar la solicitud por vía electrónica, en representación de su cliente.

"Se dispone así que la presentación de la solicitud de ayuda, así como el resto de trámites necesarios hasta la resolución definitiva de concesión se realizará por vía telemática, de conformidad con la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la obligación de las personas jurídicas de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas y la presumible capacidad técnica de las personas físicas (instaladores habilitados) que insten este procedimiento", precisa la consejera.

Otro de los cambios que se realiza en el procedimiento es que no será necesario aportar previamente la documentación que acredite de la titularidad de la vivienda que será sustituida por una declaración responsable y sólo será necesario presentar esta documentación cuando la Administración se lo requiera para su comprobación.

Además, se profundiza en aspectos referentes a la acreditación del pago para facilitar su comprensión por los solicitantes, como que no se puede efectuar el pago en metálico o que toda la acción subvencionada debe estar pagada antes de solicitar la subvención.

También se especifica que la inscripción de la instalación térmica en el Registro de Instalaciones Térmicas en los Edificios se debe realizar antes de la presentación de la solicitud de subvención.

Por último, en cuanto al equipo sustituido, la empresa instaladora en la que trabaja el instalador habilitado que realice la sustitución deberá certificar que se ha llevado a un centro gestor de residuos autorizado. Por otro lado, el instalador habilitado deberá certificar en la memoria de la actuación realizada el tipo de equipo sustituido y el tipo de equipo nuevo que se instala.

Ante el "importante número" de solicitudes esperadas y con el objeto de garantizar la tramitación adecuada de estas ayudas, se prevé la posibilidad de que el órgano gestor contrate la asistencia técnica de una entidad colaboradora para la gestión de las ayudas.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas que sustituyan los elementos subvencionables en viviendas de su propiedad situadas en Castilla y León y "en ningún caso" serán objeto de ayuda los locales destinados a un uso distinto a vivienda.

Otros de los requisitos son ser propietario de la vivienda en la que se encuentra el equipo a sustituir, estar empadronado en Castilla y León y encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social.

La determinación concreta de la cuantía de la subvención para cada tipo de equipo sustituido se fijará en la convocatoria, en función del combustible sustituido y de la tecnología sustituida, con un máximo de 500 euros.