La Junta de Castilla y León otorgará una ayuda de hasta 450 euros por cada vaca de leche comprada tras el sacrificio de un ejemplar para erradicar enfermedades. Así lo recoge el Boletín Oficial de la Comunidad de este miércoles, 7 de junio, tras la anulación de la orden del Ejecutivo autonómico del 10 de mayo que flexibilizaba las medidas contra la tuberculosis bovina.
La tuberculosis bovina se ha convertido en un tema candente en Castilla y León durante las últimas semanas. Mientras la Junta apostaba por flexibilizar las medidas contra la enfermedad, el Gobierno de España respondía con la prohibición de la movilidad para no propagar la afección. Ahora, el Ejecutivo autonómico ha perdido cautelarmente la batalla legal tras el auto del Tribunal Superior de Justicia, que anulaba provisionalmente la Resolución del 10 de mayo emitida por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
Con estas ayudas, la Junta pretende paliar los efectos de la obligación de sacrificio de los ejemplares en caso de presentar infecciones por enfermedades contagiosas en las cabañas ganaderas. No obstante, desde el Gobierno autonómico se ha asegurado que aún se está estudiando la legalidad de su Resolución por si fuera posible su aplicación, a pesar de ser contraria a las normativas de saneamiento estatales y europeas.
El importe máximo de las ayudas irá en función del tipo de animal. Por ejemplo, para los ejemplares bovinos de aptitud lechera será de 450 euros y deberá tener una edad comprendida entre los 24 meses y los cinco años. 350 euros para la especie bovina de actitud cárnica, entre los 24 meses y los ocho años, y 270 euros por una especie bovina lechera, sin restricción lechera. En el caso de las ovejas será de 70 euros y 25 euros para los animales de especie bovina y/o caprina de aptitud cárnica.
Dichas ayudas se enmarcan dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería y tienen por objeto apoyar e incrementar la competitividad de la ganadería como actividad central en las zonas rurales de Castilla y León, ayudar al mantenimiento de la población en dichas zonas y mejorar y conservar el medio ambiente.
Las solicitudes tendrán un plazo máximo de no más de seis meses desde la publicación del extracto en el Bocyl. El máximo no podrá exceder el 50% de la inversión subvencionable justificada mediante factura y el número de reses objeto de la ayuda y nunca podrá superar al de los animales reproductores que hayan sido objeto sacrificio obligatorio.
De esta manera, la Junta subvencionará la reposición de los animales en las explotaciones que hayan sido sacrificados obligatoriamente por el vaciado sanitario ordenado y derivado de pruebas oficiales de la campaña de saneamiento ganadero o, en su defecto, en las que se hayan sacrificado y destruido animales de manera preventiva como consecuencia de los programas de vigilancia y control.
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