Región

Una jueza condena a Diputación y da la razón a Carflor

8 julio, 2017 11:32

El 26 de abril de 2012 la Diputación Provincial decidió de forma unilateral interrumpir el proceso de licitación del servicio de ayuda a domicilio, justamente cuando se estaba en la fase de apertura de las plicas de las empresas que habían sido admitidas a participar en el concurso. La empresa que llevaba ya ventaja en la puntuación, Carflor, presentó un recurso contra la Diputación ante el Juzgado Contencioso Administrativo número de 2, cuyo titular, la magistrada Rosa María Fernández, acaba de dictar sentencia, con fecha 20 de junio de 2017, a favor de Carflor y condenando a la Diputación a retrotraer las actuaciones a abril de 2012, continuar con el proceso de adjudicación  justo en el momento en que fue suspendido y, consiguientemente, anular la posterior concesión del servicio, que es la que actualmente está en vigor.

Isabel Carrasco era la presidenta de la Diputación cuando acontecieron estos hechos. La sentencia puede ser recurrida, algo que, según diversas fuentes, ya ha sido aprobado en la última comisión de gobierno de la Diputación. Se da la circunstancia que Presidencia de la Diputación no ha hecho pública la sentencia, ni la ha pasado a conocimiento del resto de grupos políticos. Sin embargo, el texto de la misma circula por todos los despachos de la Corporación Provincial. Noticiascyl.com ha pedido oficialmente la sentencia a la Presidencia y sólo ha obtenido el silencio como respuesta.

INDEMNIZACIÓN MILLONARIA

En el caso de que la sentencia sea confirmada, la indemnización a la que deberá hacer frente Diputación puede ser millonaria, ya que, como dictamina la sentencia, la actuación no puede retrotraerse a abril de 2012 como si no hubiera pasado nada desde entonces. La única manera de resarcir los daños y perjuicios causados a Carflor sería mediante una compensación económica. Millonaria.

En Carflor también guardan silencio. Ninguno de sus responsables quiere valorar la sentencia ni desvelar los pasos que van a dar. No en vano, Carflor será una de las empresas que ya ha comunicado su intención de concurrir al nuevo proceso de licitación del servicio de ayuda a domicilio de la Diputación, que esta vez saldrá dividido en dos lotes, por un importe global superior a los 14 millones de euros. Las empresas sólo podrán licitar a uno de los dos lotes; no a los dos.

Todo hace indicar que de ratificarse la sentencia, Carflor podría obtener, a modo de compensación parcial, uno de los lotes del concurso. El nuevo concurso será por dos años, prorrogables por otros dos. Se espera que el concurso se adjudique ates de que termine el año.

LOS HECHOS

En la sentencia se da por probado que de forma unilateral en abril de 2012, Diputación interrumpió el proceso legal de adjudicación del servicio de ayuda a domicilio. Los técnicos habían admitido en el concurso a las siguientes empresas: Carflor, Valoriza SL, Eulen, la UTE Clece-Seralia y Domicilia Grupo Norte. El valor estimado, precio y financiación, según se lee en la sentencia, del contrato era de 71.782.200 euros. Desglosado en 59.818.500 euros para tres años de vigencia, más hasta tres años de posibles prórrogas. El presupuesto base de licitación era de 31.105.620 euros, IVA incluido, para tres años. 10.368.540 euros, IVA incluido, al año.

La jueza argumenta en la sentencia que Diputación no tenía razón en las causas que motivaron la suspensión del proceso de licitación. El hecho de que la Junta de Castilla y León no hubiese aprobado aún sus presupuestos, ya que tenía que hacerse cargo de hasta un 14% del servicio de ayuda a domicilio, no era motivo por ser “un extremo conocido por la Diputación Provincial al elaborar los pliegos y sin que el mismo pudiera tener el alcance de llevar a la renuncia del con trato”.

Tampoco le vale a la jueza el argumento esgrimido por Diputación de que en los medios de comunicación se aventuraban futuros recortes presupuestarios en materia de servicios sociales, ya que, se dice en la sentencia “serían  meras expectativas de futuro sin la suficiente concreción y fuerza para tener naturaleza de renuncia del contrato”.

La jueza añade en la sentencia que de la declaración de los tres técnicos, que integraban el comité de expertos, que evaluaron el proceso técnico de la licitación no sirven como argumentos para interrumpir el proceso y añade que dos de ellos, ya habían detallado en sus informes particulares que Carflor era la empresa mejor posicionada.

Por todo ello, la jueza concluye que no existía “un carácter excepcional” para adoptar una decisión tan drástica por parte de la Diputación. En base a esta conclusión, la jueza dictamina “la inexistencia de razones de interés público justificativas de la renuncia al contrato”, por lo que ello implica que “el acuerdo de 26 de abril de 2012 no es conforme al ordenamiento jurídico procediendo su anulación”.

Como consecuencia directa, la jueza dictamina la “anulación del anuncio de convocatoria de nueva licitación del contrato referido publicado en el BOP León del 6 de agosto”. Y, por todo ello, “lo que procede es acordar la retroacción del procedimiento de licitación del expediente al momento inmediatamente anterior a la acuerdo de 26 de abril de 2012 para que continúe tal procedimiento de licitación con la valoración de las propuestas, apertura del sobre B y adjudicación y formalización del contrato”.

Por último, la jueza impone el pago de las costas a la Diputación, aunque limitadas en un tercio del total que resulte”.