audiencia juzgados

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Mantienen la condena para la acusada del accidente mortal de Aldeamayor

19 abril, 2018 15:36

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid será finalmente la que despeje la duda de si Rocío S.D, imputada por el accidente registrado en noviembre de 2015 en Aldeamayor de San Martín, con un balance de dos fallecidos y un herido muy grave, se saltó o no aquel día un stop al incorporarse a la carretera VA-200 o fue el camionero con cuyo trailer impactó el turismo de la única acusada el verdadero responsable por circular con exceso de velocidad.

La versión de que la conductora de 28 años no respetó la señal vertical de stop es la que han mantenido el fiscal y las dos acusaciones particulares, estas últimas en representación de los hermanos Luis Alberto y Aitor D.H, el primero fallecido con 24 años y el segundo, hoy con 19, postrado desde entonces en silla de ruedas, y también del camionero implicado, con peticiones que han elevado a definitivas de 4 años de cárcel por dos delitos de homicidio y otros tantos de lesiones por imprudencia y la privación del carné por dos años.

Pero además, en el capítulo indemnizatorio, con responsabilidad civil directa de Mutua Madrileña, el fiscal interesa el pago de 1.240.000 euros, de ellos 1.068.000 para Aitor D.H, el gran lesionado, y 172.000 para la hija de su hermano fallecido, mientras que el letrado de ambos ha elevado las cuantías a 1.716.000 euros, al incorporar también a la madre con casi 158.000 euros por daños morales, y el abogado del camionero ha demandado 10.000 euros, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Los tres acusadores consideran acreditado que el día de los hechos la acusada cometió una "imprudencia grave" al incorporarse a la VA-200 desde la Urbanización El Soto, en Aldeamayor de San Martín, sin parar su turismo ante la señal de stop, interrumpiendo así la trayectoria del camión y haciendo inevitable el choque.

En ello han insistido a tenor del informe de la Guardia Civil que achaca a Rocío S. tal infracción y que establece que en el momento de tal irrupción el camión se hallaba a una distancia de unos 20 metros del punto de impacto y que al producirse éste el trailer llevaba una velocidad de 58 kilómetros por hora, en una vía con velocidad limitada a 50.

Las acusaciones recuerdan también que el propio camionero alega que la acusada no llegó a parar y se limitó a realizar un ceda el paso, con lo que consideran que existe una relación de causalidad al "cruzar Rocío de lado a lado sin respetar la prioridad de paso del camión, con evidente infracción del deber objetivo de cuidado", ha puntualizado el acusador público.

Además, el letrado de los hermanos Luis Alberto y Aitor D.H, el primero fallecido y el segundo con muy graves secuelas desde el siniestro, hasta el punto de que ha quedado de por vida en silla de ruedas, necesitará de terceros para la más mínima cosa y sólo es capaz de comunicarse con el iris a través de una máquina, ha puntualizado que aunque la procesada no se hubiera saltado el stop, la responsabilidad sería la misma porque se incorporó a la vía sin mirar y percatarse de que venía un trailer.

"Un tráiler como tres chalés adosados"

En el lado opuesto, el defensor de Rocío S.D. y de los responsables civiles directo y subsidiario han pedido un fallo absolutorio al esgrimir que la acusada sí hizo el stop en el cruce y que sólo un exceso de velocidad del camión, que sitúan en casi 64 kilómetros hora en el momento del impacto, fue el causante último del trágico accidente.

"El único dato objetivo es ese, no ha quedado acreditado que se saltara la señal", ha defendido el representante de la procesada, a lo que el abogado de Mutua Madrileña ha añadido que ese exceso de velocidad del trailer, "un misil y con una anchura de tres chalés adosados", motivó la colisión cuando la conductora del turismo "ya había ganado la prioridad y se hallaba incorporada a la carretera".

Las defensas han rechazado la existencia de una imprudencia grave de la acusada, ya que ni iba bebida ni manejando un teléfono móvil, y por ello entienden que como mucho tan sólo podría imponérsele una condena por imprudencia leve, "máxime cuando ella misma es víctima porque ha perdido también a su pareja, Luis Alberto, y porque su actitud no fue de desprecio por la vida de los demás.

Para el supuesto de que la juez se inclinara por la comisión de una imprudencia grave, el defensor de Rocío ha pedido una condena inferior a dos años para que ésta pueda quedar en suspenso y evitar así el ingreso en prisión de su patrocinada.

"Se trata de una joven de 28 años y madre de un menor que ya ha sido penada emocionalmente. Su ingreso en prisión sería una auténtica barbaridad porque no beneficiaría a nadie", ha advertido el letrado.