zamora guardia civil alcoholemia

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Región

Sanciones y penas si consumes alcohol o drogas al volante

10 agosto, 2018 14:41

A las puertas de la campaña especial de Tráfico en la que se intensificarán los controles de drogas y alcohol para los conductores, coincidiendo además de uno de los días festivos en muchas localidades españolas, el 15 de agosto, muchos aún desconocen las penas y sanciones a las que se pueden enfrentar ante una conducción irresponsable.

La presencia de alcohol y otras sustancias en el organismo a la hora de conducir está muy castigada, pero ¿conoces realmente a lo que te enfrentas? Noticias Castilla y León te explica todos los casos y tasas.

VÍA ADMINISTRATIVA

La Ley de Seguridad Vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir

CONDUCTORES                      LÍMITE EN SANGRE                  LÍMITE EN AIRE ESPIRADO

(1) GENERAL                                     0'5 gr./l                                          0'25 mg/l

(2) PROFESIONALES                         0'3 gr./l                                         0'15 mg/l

(3) NOVELES                                      0'3 gr./l                                          0'15 mg/l

Sanciones

La Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000 euros.

Esta misma sanción de 1.000 euros se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.

En el caso del alcohol:

TASA                                                     SANCIÓN

Más de 0,25mg/l y hasta 0,50mg/l         500 euros y 4 puntos

Más de 0,50 mg/l                                  1.000 euros y 6 puntos

Reincidentes                                         1.000 euros y 4 o 6 puntos

(dependiendo de la tasa dada)

En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos del carné de conducir.

VÍA PENAL

El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

ALCOHOL     

Con tasas superiores a 0.60 mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre las penas son de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Si hay negativa a someterse a las pruebas, la pena es de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

DROGAS

Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

Si hay una negativa a someterse a las pruebas la pena es de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.