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Absuelto el acusado de agresión sexual en la Escuela Castilla

27 noviembre, 2018 14:03

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha absuelto de los cargos de agresión sexual, detención ilegal, lesiones y maltrato al joven A.M.P., acusado de agredir a su expareja en la escuela Castilla de la capital palentina.

De esta manera, el TSJCyL revoca la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Palencia el pasado 25 de abril por el que fue condenado a ocho años de prisión y acuerda la libre absolución del acusado.

Según ha comunicado el TSJCyL en una nota recogida por Europa Press, esta sentencia responde al recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y a la desestimación de los propuestos por las acusaciones particular y popular.

La Audiencia Provincial de Palencia condenó a A.M.P. a ocho años de prisión por abusar de su expareja, con la que había mantenido una breve relación sentimental, cuando una noche quedaron a cenar en la habitación del acusado en la Escuela Castilla de Palencia.

Una vez allí, según denunció chica, su expareja la agredió sexualmente atrás atarla de pies y manos y la mantuvo así durante toda la noche. Además, la grabo en el abdomen la palabra "puta" con un objeto punzante. Asimismo, unos días después la chica aseguró que el condenado entró a su habitación mientras estaba dormida y tras bloquearla la grabo la palabra gorda en el pecho.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León afirma en su sentencia que "no existe sobre la realidad de diferentes hechos la convención necesaria existiendo al respecto dudas que se consideran irresolubles". Además, alega la existencia de diferentes conversaciones mediante mensajes y audios de WhatsApp que vienen a demostrar la relación que mantenía el acusado y la denunciante.

Respecto a que fuera atada de pies y manos con bridas y marcada con un objeto punzante en la piel, la sentencia también refleja que la denunciante habría reaccionado para defenderse e incluso como consecuencia del dolor y hubiera hecho movimientos que le tendrían que haber ocasionado "fuertes marcas en la piel de las muñecas y de los tobillos". Marcas que no describe la doctora que la atendió al día siguiente de los hechos ocurridos.

En cuanto a las lesiones de los arañazos, dos informes médico-forense "no descartan" que las mismas pudieran haber sido efectuadas por la propia agredida. Por lo tanto, la víctima "no logra superar el examen del parámetro de la credibilidad objetiva del mismo y existen importantes dudas" acerca de la realidad o veracidad de las imputaciones en la sentencia recurrida.

Dudas que no se disipan en los análisis periciales psicológicos que se hicieron a la denunciante y cuyas conclusiones, además, "no son unánimes" ya que, aunque la denunciante pudiera contar con rasgos propios de una mujer maltratada o que ha vivido una situación de violencia de género "se aprecia en la vida de la misma varios estresores psicosociales y cambios recientes que pudieran ser causa de malestar para la misma".

La sentencia no es firme ya que contra ella cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.