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Piden a Agricultura controlar la titularidad parcelaría que solicita la PAC

17 enero, 2020 13:43

El Procurador del Común insta a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Rural a controlar la titularidad de las parcelas sobre las que se solicitan las ayudas de la PAC tras la recepción de quejas en las que constaban que algunos de los solicitantes no eran propietarios "ni legítimos poseedores" de las mismas.

Como detalla la institución que dirige Tomás Quintana la gestión de estas ayudas la realiza la Administración autonómica a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, previa Solicitud Única del titular de la explotación que ha de comprender las parcelas declaradas bajo la presunción de legítima posesión.

Sin embargo, en el ejercicio de las labores propias de la Defensoría, la procuraduría ha tenido conocimiento de situaciones en las que algunos solicitantes de las ayudas PAC no eran propietarios ni legítimos poseedores de algunas de las parcelas sobre las que solicitaban las ayudas.

Ante estos casos se producen denuncias por parte de los propietario al órgano correspondiente de la Consejería verifica la situación y, en el supuesto de que el solicitante no acredite el título habilitante para solicitar la ayuda, la Administración impide el pago de la ayuda y, en su caso, reclama lo que indebidamente se hubiera abonado.

Para evitar que se produzcan esas situaciones irregulares, que solamente llegan a ser solucionadas en los casos en que la Administración tiene conocimiento de ellas, normalmente a través de las correspondientes denuncias que hubieran interpuesto los propietarios, el Procurador del Común recientemente se ha dirigido a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural pidiendo que extreme el control del contenido de todas las solicitudes de ayudas PAC que reciba, realizando las comprobaciones que sean precisas, sin necesidad de denuncia previa, para verificar que todos los solicitantes cuentan con los títulos, sean de propiedad, de arrendamiento u otros, que acrediten su derecho a explotar las fincas que figuran en la solicitud y, consecuentemente, a recibir la ayuda PAC correspondiente, sin que sea suficiente la presunción de legítima posesión.