La delegada del Gobierno en Castilla y León, Virginia Barcones, acompañada por el subdelegado del Gobierno en León, Faustino Sánchez, la coordinadora de la Dirección General de Tráfico en Castilla y León, Inmaculada Matías, y el jefe del sector de Tráfico de la Guardia Civil en la Comunidad, teniente coronel Francisco Iturralde, ha presentado hoy, en León, las principales novedades de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que hoy entra en vigor y se centra en uno de los factores clave de la siniestralidad vial: la velocidad.
En 2021, la velocidad excesiva o inadecuada estuvo presente en el 27% de los siniestros mortales de Castilla y León ocurridos en vías interurbanas. 25 personas fallecieron en siniestros en los que la velocidad fue uno de los factores concurrentes.
Supresión 20 km/h en carreteras convencionales
A partir de hoy, 21 de marzo, con la entrada en vigor de los cambios introducidos en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se suprime la posibilidad que tenían los turismos y las motocicletas de rebasar en 20km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelantaban a otros vehículos que circularan a velocidad inferior a aquellas.
En 2021, aproximadamente 3 de cada 4 fallecidos, del total del año, lo hicieron en vías convencionales. En Castilla y León, 71 personas fallecieron en estas vías, por lo que esta medida contribuye a instaurar en nuestro país el denominado “Sistema Seguro” minimizando los riesgos en una de las maniobras más peligrosas el volante, el adelantamiento.
Informe sobre la velocidad como factor en la siniestralidad
El Observatorio Europeo de Seguridad Vial (ERSO) llevó a cabo en 2021 un informe temático sobre la velocidad como factor concurrente en la siniestralidad en el que se concluye que el 30% de las muertes en carretera están causadas por una velocidad excesiva o inadecuada.
Además, el informe identifica tres rasgos mayoritarios en los conductores que lo hacen a velocidad excesiva o inadecuada (más jóvenes que mayores, más hombres que mujeres, más los que conducen por razones de trabajo que por otras causas) y cinco razones principales por las que las personas conducen demasiado rápido:
-Igualar la circulación del tráfico circundante.
-Tener prisa.
-Disfrutar de conducir rápido.
-Por aburrimiento.
-No ser conscientes de estar haciéndolo.
El aspecto psicológico juega un papel fundamental en el tema de la velocidad porque, las encuestas que incluye el informe reflejan, que las personas a menudo sobreestiman la velocidad de otros vehículos y, al mismo tiempo, tienden a subestimar la suya propia, en particular cuando conducen durante un largo periodo de tiempo. Además, el informe recoge que el exceso de velocidad es más aceptado socialmente que otras infracciones.
El informe pone también de manifiesto que reducir la velocidad media en 1km/h en todas las carreteras de la Unión Europea salvaría más de 2.000 vidas al año.
Nuevas tecnologías, nuevas oportunidades
La Comisión Europea emprendió en mayo del 2018 la tercera y última fase de sus acciones para modernizar el sistema europeo de transportes con una serie de medidas cuyo objetivo es permitir que toda las personas europeas se beneficien de un tráfico más seguro, de vehículos menos contaminantes y de soluciones tecnológicas más avanzadas, a la vez que se respalda la competitividad de la industria de la UE.
La Comisión propone que los nuevos modelos de vehículos estén equipados con funciones de seguridad avanzadas, las denominadas ADAS, como unos sistemas avanzados de frenado de emergencia y asistencia al mantenimiento en el carril para los coches o detección de peatones y personas que circulan en bicicleta para los camiones.
Uno de estos sistemas es el asistente de velocidad inteligente ISA que funciona conectado al GPS y que, dotado de una cámara que lee las señales viales, advierte al conductor cuando éste supera los límites legales. Todos los vehículos homologados a partir del 6 de julio de este año y matriculados nuevos a partir del 6 de julio de 2024 contarán de serie con este dispositivo de seguridad.
Con estas iniciativas, la Comisión pretende garantizar una transición fluida a un sistema de movilidad seguro, limpio, conectado y automatizado y configurar, asimismo, un entorno en el que las empresas de la UE puedan fabricar los productos mejores, más limpios y más competitivos.
Nueva ley de Seguridad Vial
La delegada del Gobierno ha explicado también los cambios importantes en la normativa y en las sanciones o detracciones de puntos del carné de conducir que implica la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entra hoy en vigor.
La Ley refleja los cambios que se están produciendo en la movilidad, incorporando a la Ley los vehículos de movilidad personal y dotando de mayor seguridad a los usuarios de las bicicletas. Además se da cobertura legal a la acreditación del permiso de conducir en soporte digital, a través de la app MIDGT o la utilización de los Paneles de Mensaje Variable u otros medios tecnológicos para dar órdenes o instrucciones para la regulación del tráfico.
También incide sobre los elementos esenciales de la seguridad vial como son las distracciones, la velocidad, el alcohol y el no uso del cinturón de seguridad. Con esta nueva Ley se incrementan el número de puntos a detraer en determinados preceptos, sin aumentar la cuantía económica.
-Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.
-Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.
-Velocidad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Dos de cada tres siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en nuestro país en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.
-Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.
-Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
-Recuperación de los puntos del carnet. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.
Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.
-Cursos de conducción segura y eficiente. Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.
Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.
-Objetos a la vía. Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
-Motoristas. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
Otras novedades
-Zonas de Bajas Emisiones. Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.
-Fraude en las pruebas de obtención del permiso de conducir: Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
-Alcoholímetro antiarranque (alcoholock) Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.
La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.