La Mesa de las Cortes ha acordado este miércoles, 28 de diciembre, la habilitación del mes de enero como periodo extraordinario de sesiones. Todo según el Estatuto de Autonomía de Castilla y León y su artículo 23.5.
La habilitación del mes de enero estará destinada a tramitar la proposición de Ley de medidas tributarias, Financieras y Administrativas.
Una propuesta, la de habilitar este periodo extraordinario de sesiones, que viene amparada en el Estatuto de Autonomía, concretamente en el artículo 23.5 que señala que las Cortes de Castilla y León se reunirán en sesiones ordinarias y extraordinarias y que los periodos ordinarios de sesiones se celebrarán entre septiembre y diciembre, el primero, y entre febrero y junio, el segundo.
Además, asegura que las sesiones extraordinarias “habrán de ser convocadas por su presidente, con especificación del orden del día” a petición de la Junta, de la Diputación Permanente o de la mayoría absoluta de los procuradores y finalizarán una vez agotado dicho orden del día.