La Fiscalía de Castilla y León sugirió, “como iniciativa legislativa”, la creación de una nueva tipificación legal específica para cuando la víctima de un delito contra la seguridad vial sea un ciclista o motorista. Así, se podría dotar a las víctimas de un “plus de protección penal motivada por su posición de debilidad” respecto de los coches y camiones y “establecer una respuesta penal, un castigo distinto, cuando la víctima del accidente sea persona de uno de estos dos colectivos”.
Así lo constata la Memoria 2023 de institución, a la que tuvo acceso Ical, presentada hoy con motivo de la Apertura del Año Judicial 2023-2024, que va más allá y valora la posibilidad de reducir la frecuencia de los exámenes psicotécnicos para conducir cuando la edad de las personas es más avanzada. A juicio del organismo dirigido por Santiago Mena, es “indiscutible que el paso del tiempo afecta a las capacidades de cualquier persona para desenvolverse en la vida diaria, y ello también se puede y debe de decir cuando de la conducción de vehículos se refiere”. “La disminución progresiva de la plena capacidad de nuestros sentidos, conforme la edad avanza, o la aparición de patologías que exigen del control a través de determinados tipos de medicación, ocasionan muchas veces una pérdida importante de las aptitudes y condiciones necesarias para la conducción de vehículos que afectan a la seguridad vial”, alertó la Fiscalía.
En este sentido, abogó por “encontrar un equilibrio entre los derechos individuales y el colectivo de la seguridad pública”, que pasa por un “adecuado examen del mantenimiento de las necesarias capacidades para poder conducir un vehículo a motor”. Entre ellas, propone una frecuencia menor en los periodos de renovación, “a partir de determinada edad”. Sin embargo, la propia entidad consideró que es “insuficiente si no se realizan exámenes médicos adecuados a las circunstancias de cada conductor”. “Es en este punto donde quizá el método seguido de examen hasta este momento haya de mejorarse”, recomienda la Fiscalía.
Violencia de género
En la Memoria, la institución aborda y sugiere diferentes cuestiones en determinados ámbitos. Es el caso de la violencia sobre la mujer, en los que la Comunidad cuenta con dos juzgados especializados en Valladolid y Burgos, mientras que en las restantes provincias “ninguno de los juzgados es exclusivo en esta materia”. Además, un “importante número son juzgados mixtos”, es decir, de primera Instancia e instrucción.
Al respecto, la Fiscalía criticó que la existencia de “doble jurisdicción civil y penal supone un exceso de trabajo, falta de especialización del funcionariado en materia de violencia de género, rotación excesiva de jueces, que con frecuencia desconocen los procedimientos vivos y sus peculiaridades, o la asunción frecuente de las tareas judiciales por sustitutos carentes de especialización”.
La Fiscalía alerta que “continúa siendo muy importante” el número de diligencias urgentes que se incoan en materia de violencia de género, “donde la rapidez de la respuesta judicial es fundamental”. En la mayoría de las fiscalías se ha priorizado la tramitación de los asuntos por el cauce del juicio rápido e incluso alguno de los juzgados incoa todos los procedimientos que proceden de denuncias puestas en sede policial como diligencias urgentes. Igualmente, ninguno de los juzgados de lo penal de la Comunidad “está especializado en esta materia”.
Nuevas tecnologías
Por otro lado, en relación a los delitos cometidos a través de nuevas tecnologías, la Memoria constata un “ligero repunte” en la comisión de delitos de violencia sobre la mujer a través de esta vía. La de Valladolid precisa que la incidencia es cada vez mayor, pues las nuevas tecnologías se utilizan en torno a la mitad de los delitos de amenazas, acoso, quebrantamientos y delitos leves de vejaciones, especialmente al finalizar la relación.
Coinciden las fiscalías en que el principal problema que plantean estos delitos es la dificultad de prueba de la autoría cuando no está acreditada la titularidad del aparato emisor, o cuando el investigado niega la autoría de los mensajes que aparecen en los pantallazos aportados por la víctima, que “obligarían a practicar una pericial, incompatible con la tramitación de la causa por el cauce de las diligencias urgentes”.
Seguridad y salud en el trabajo
En 2022 se produjeron 1.664 diligencias previas incoadas por delitos de lesiones imprudentes por accidente laboral. La Fiscalía señala que las investigaciones de los accidentes laborales “con frecuencia son largas y complejas”, en especial en aquellos casos en los que concurren varias empresas y subcontratas con “numerosos mandos intermedios y personas con funciones de seguridad”. Al respecto, la Fiscalía precisa la creación de una policía especializada para agilizar los procedimientos.
También llama la atención sobre las dificultades técnico-jurídicas sustantivas o procesales planteadas, en una tramitación procedimental que “suele ser lenta, debido entre otras causas a la tardanza en la elaboración de las periciales”, y también por las numerosas documentales, “las dificultades en algunos casos de localización del perjudicado, la desaparición de empresas subcontratistas intervinientes y a veces, por la realización de numerosas diligencias estériles en la investigación, pero que son solicitadas por la acusación particular”.
La Fiscalía concluye que “no existe mayor incidencia” de siniestros sobre extranjeros que sobre españoles, “a pesar de la situación de vulnerabilidad en la que aquellos pudieran encontrarse”. Cuestión distinta, prosigue, es el problema de la instrucción en los procedimientos en que los trabajadores afectados o los testigos son de nacionalidad extranjera, pues “eso si dificulta en ocasiones” la toma de declaraciones y la determinación del alcance de las lesiones padecidas. Ante ello y en previsión de que puedan tener intención de regresar a sus países de origen, la institución recomienda “tomar las precauciones necesarias en aras a informarles inmediatamente de todos los derechos que les corresponden como presuntas víctimas y a llevar a cabo las actuaciones para el aseguramiento de la prueba”.
Para concluir, en materia de extranjería la Fiscalía denuncia que “persiste el problema sobre la falta absoluta de investigación respecto a la posible existencia de arraigo familiar o laboral de los extranjeros investigados”, de tal modo que, en la mayoría de los casos, al enfrentarse a la calificación, se desconoce la situación personal, familiar o laboral del extranjero, “resultando desproporcionado solicitar la expulsión de todo ciudadano para que en el juicio acredite la situación de arraigo”.