La denuncia de una familia por el trato "degradante" y "humillante" a su hijo de 14 años con síndrome de down ha desembocado en la destitución por parte de la Consejería de Educación a la directora de un colegio rural de Castilla y León. Así lo refleja una resolución del Procurador del Común, Tomás Quintana, que insta ahora a la Administración autonómica a ponerse en contacto con los familiares a fin de facilitarles la "información precisa" sobre las actuaciones que se han llevado a cabo.
La resolución del Procurador del Común pone de manifiesto que la institución recibió el expediente después de conocerse que el alumno afectado, de 14 años y con un grado de discapacidad reconocido del 69%, habría estado sufriendo una situación de "discriminación" dentro del centro educativo en el que estaba escolarizado, siendo víctima de "tratos degradantes y humillantes" de manera "sistemática" por parte, "principalmente, de la directora del centro educativo".
En dicho escrito de queja se ponía en conocimiento que el alumno había sido privado de participar en actividades docentes ordinarias, concretamente durante las horas de clase de inglés, así como se le había prohibido participar, junto a su madre, en una actividad que se celebró por el 'Día Mundial del Síndrome de Down'.
El escrito del Procurador del Común, al que ha tenido acceso este periódico, explica que el alumno tampoco recibió el listado del material escolar que necesitaba para comenzar el curso pasado, que se usaba de manera habitual a los apoyos ordinarios y de especialista del alumno para cubrir absentismos laborales, que los padres fueron privados del derecho a celebrar tutorías para la coordinación entre familia y colegio y para hacer un seguimiento de la evolución académica y de inclusión del alumno, que intentaron evitar que el menor acudiese a una excursión con pernocta, entre el 30 de enero y el 3 de febrero del presente año, no aportando a la familia la información concreta sobre la misma, lo que impidió que pudiera acudir a la misma.
La Consejería de Educación, tras recibir un informe de la Inspección Educativa, decidió hacer caso al mismo y cesar a la directora del centro, pero especificando que, a 30 de agosto, se concluyó el "procedimiento contradictorio" con el cese de la directora por el "incumplimiento grave de las funciones inherentes a su cargo", tal y como especifica el artículo 17 de la Orden EDU/395/2021, del 6 de abril, que manifiesta lo siguiente: "El cese en el cargo de director se producirá por revocación motivada, por el titular de la dirección provincial de educación, a iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones inherentes al cargo de director. En todo caso, la resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar".
Y es que el informe de la Inspección Educativa, reproducido en la resolución del Procurador del Común, concluía que la directora "no había asumido correctamente las funciones inherentes a su cargo", pero matizaba que esto "no implica una práctica disconforme con la igualdad de trato o basada en la intención manifiesta de ralentizar el proceso y aprendizaje y desarrollo emocional del alumno".
Es ahora cuando, entonces, el Procurador del Común exige a la Consejería de Educación de las explicaciones oportunas a la familia que inició la denuncia en el mes de febrero y a raíz de la cual se elaboró el informe que ha acabado con la revocación de la directora del centro educativo.
Una resolución que tiene por objetivo determinar las "consecuencias no deseables para el alumno y su familia que hubieran tenido las irregularidades que motivaron la revocación del cargo de directora del centro educativo y, sobre todo, con el objeto de remover cuantos obstáculos pudieran existir para que dicho alumno obtenga un servicio educativo de calidad, y un servicio educativo regido por el principio de igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de su personalidad".