Raúl Calvo, Víctor Rodríguez, y Carlos Cuadrado, acompañados por los abogados de los dos primeros, a su llegada al juzgado en 2019

Raúl Calvo, Víctor Rodríguez, y Carlos Cuadrado, acompañados por los abogados de los dos primeros, a su llegada al juzgado en 2019 Ricardo Ordóñez Ical

Burgos

El Tribunal Supremo revisará el 'caso Arandina' en medio de la polémica con la ley 'solo sí es sí'

¿Podrá cambiar algo la polémica ley de Irene Montero en las sentencias a los tres exjugadores de la Arandina?

18 noviembre, 2022 10:06

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El Tribunal Supremo revisará el recurso presentado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sobre el conocido Caso Arandina. Será el próximo 29 de noviembre, en medio de la polémica por la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como la Ley de solo sí es sí.

Cabe recordar que el alto tribunal tiene que decidir si retoma las penas de 38 años de cárcel para los tres condenados por la Audiencia Provincial de Burgos, Carlos Cuadrado Lucho, Víctor Rodríguez Viti y Raúl Calvo, por un delito de agresión sexual a una menor de 15 años en 2017. O si por el contrario mantiene la decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que rebajó las penas de los dos primeros a 4 y 3 años de cárcel, por lo que consideró un delito de abuso sexual y no agresión, absolviendo, además al zamorano Raúl Calvo de todos los delitos.

Una sentencia del Tsjcyl que se produjo en 2020, y que se apoyó en el hecho de que no existía intimidación por parte de los tres exjugadores de la Arandina Club de Fútbol a la joven, que durante los hechos tenía 15 años. Una cuestión vital por aquel entonces, ya que la intimidación o no resultaba clave para tipificar el delito como abuso o agresión. Además, esta rebaja de penas y exculpación de Raúl Calvo tuvo como atenuante que los exjugadores y la menor mantenían cercanía en edad y en madurez.

Precisamente, la polémica en el caso de la Ley solo sí es sí reside en la eliminación del delito de abuso sexual, que deja la agresión sexual (violación) como único delito para condenar en estos casos. Un cambio que reduce las penas mínimas de uno a cuatro años, frente a los cinco de la ley anterior. Es este cambio el que está llevando a la revisión de condenas de otros condenados por delitos sexuales, ya que la ley exige que se les aplique la norma más favorable tras reformarse el Código Penal.

En el caso de los exjugadores de la Arandina, el Tribunal Supremo debe decidir precisamente si aumenta sus penas considerando lo sucedido con la menor de 15 años como agresión sexual y no como abuso, que ya no existe en el Código Penal actual como delito.

Caso Arandina

Estos hechos se remontan al 27 de noviembre de 2017, cuando esta joven fue invitada por uno de los exjugadores al piso que todos compartían en Aranda de Duero. La joven accedió a subir pero, según la denuncia presentada por su padre el 11 de diciembre, la joven fue intimidada y violada por los tres jóvenes en dicha vivienda. 

Ese mismo día, el juez decretó su ingreso en prisión provisional y sin fianza; y al día siguiente la Arandina CF expulsó a los tres jugadores del conjunto burgalés. Tras esto, comenzaba un proceso judicial que previsiblemente escriba su última página el próximo 29 de noviembre de 2022, tras cinco años.