El TSJCyL confirma la sentencia contra un hombre por agresión sexual a tres personas con incapacidad intelectual en León
El dictamen recurrido y ahora refrendado establecía penas de prisión que sumaban un total de 12 años
27 febrero, 2024 14:25La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado este martes la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de León que condenó a un hombre por delitos contra la libertad sexual, contra la integridad moral y contra la intimidad cometidos hacia tres personas con incapacidad intelectual reconocida, al igual que el agresor.
El dictamen recurrido y que ahora ha refrendado el TSJCyL establecía penas de prisión de un total de 12 años, con un máximo de cumplimiento efectivo de la condena de no más de nueve y con una indemnización de 8.000 euros para cada una de las víctimas.
En todos los delitos juzgados se aplicó la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal y también las atenuantes simples de alteración psíquica y confesión tardía de los artículos 21.1 y 21.4 cuatro del mismo cuerpo legal.
Por otra parte, se tuvo en cuenta también que el acusado inició una relación sentimental con una de las víctimas después de haber cometido dos agresiones sexuales y que, por ello, se le condena como autor de un delito de maltrato habitual. Después, llevço a cabo una nueva agresión sexual, en este caso con la aplicación de la agravante de discriminación de género.
Además, de forma simultánea a la anterior relación mantuvo una relación sentimental con otra víctima, aplicándose igualmente en el delito de abuso sexual la agravante de género. En lo que se refiere a los delitos sexuales se aplicó la redacción del Código Penal vigente en la fecha en la que tuvieron lugar los hechos, y no la modificación introducida por la Ley del 'solo sí es sí'. Contra este pronunciamiento del TSJCyL puede presentarse un recurso de casación.