Tomas-Hidalgo

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Salamanca

El club de los alcaldes mancos

30 marzo, 2017 11:38

"El club de los alcaldes mancos" es un club formado por alcaldes de distinto pelaje, condición política y cultural, no es un club exclusivo, aunque eso sí, es conditio sine qua non, tener poco o ningún espíritu democrático, una cara muy dura y unas espaldas anchas, muy anchas!, es un club donde la frase ¡trae, que firmo esa petición! está fuera de uso, no la conocen.

Estos miembros de tan selecto club, confunden lo potestativo del silencio administrativo (modo de comunicar transmitir, que para mi gusto es un tanto irrespetuoso utilizado por la administración para dar contestación, -vamos, sin contestar pero contestando- a las peticiones de sus administrados) con lo "dispuesto, lo escrito en la ley" art 77 LBRL y 14,15 y 16 del ROF, utilizando  ese silencio como arma habitual para negar a la oposición (sin causa que lo justifique) el acceso a diversa documentación necesaria para su labor de control y fiscalización.

Los del club de 'Los alcaldes mancos' juegan con la ley y los derechos de los ciudadanos representados en sus concejales legítimamente elegidos, pues creen que es potestativo de su cargo (craso error, no lo es), denegar con el silencio, (perfección del ninguneo soez y caciquil) la entrega de documentos a la oposición y además abusan equivocadamente (otra vez gran error, al menos demuestran que son humanos, tropiezan dos veces en la misma piedra) porque piensan que el inicio de actuaciones legales tienen leve o nula consecuencia, y eso no es cierto.

Estos 'licenciaos', así llaman en mi otra tierra , Valdepeñas, a los listillos (sus vinos son buenos pero no hacen milagros), deberían saber lo que dice el art 78.1 de la LBRL. La ley les advierte de las responsabilidades civiles y penales por los actos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones entre los que se encuentra negar injustificadamente la entrega o acceso a la documentación solicitada por la oposición.

No obstante, y si creen que aquí acaba todo, llega la sanción, y se encuentran con el artículo 542 del Código Pena: Incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o el funcionario público que, a sabiendas, impida a una persona el ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes.

Muchos 'alcaldes mancos' de la mano con la que firman creen que están por encima de la ley, por encima del bien y del mal, y lo creen porque no se persigue de forma tal que resulte efectivo el castigo para este tipo de actos claramente delictivos. Para empezar, el inicio del procedimiento requiere una acción de parte y para mantener la defensa de esa denuncia es necesario efectuar un gasto previo que muchos concejales no disponen y además muchos no cobran por esa actividad. Y las consecuencias políticas que devienen de una sentencia judicial, la inhabilitación es tardía e ineficiente.

Es  ineficiente porque esa inhabilitación que castiga acto tan antidemocrática llega tarde, -muchas veces cuando el castigado ya no es o no va a volver a ser 'alcalde manco'- es este el defecto principal que cualquier sistema judicial tiene, solventar una controversia a destiempo, lejos de que pueda ser coherente con lo justo, la sentencia llega tarde, mal y nunca. Vamos! que  la capacidad coactiva de la ley no existe, no sirve de ejemplo.

Si agotado el plazo de entrega de documentos (5 días desde el registro de la petición) no se justifica de forma clara y nítida la documentación requerida, la pérdida del cargo debería ser inmediata, siempre acorde a la Ley. La inmediatez es el primer aliado de la lucha contra la corrupción. Solo con medidas tan contundentes, expulsar de la actividad política a trileros y tratantes de votos, a violadores de la voluntad popular, a políticos apoltronados con más intereses fuera que dentro, solo con estas medidas se lucha en primera fila contra la corrupción. Que un miembro del 'Club de los alcaldes mancos' de la mano con la que firman reciba su castigo es más que suficiente para que sirva como ejemplo, no nos encontraríamos con situaciones bochornosas y antidemocráticas como las que están ocurriendo en Vitigudino, Vilvestre o Vecinos (por poner un ejemplo cercano). 'Alcaldes mancos' de la mano con la que firman, que no cumplen con sus obligaciones democráticas adquiridas con el cargo.

¿Se acuerdan?..."Juro (o prometo) por mi conciencia y honor cumplir fielmente las obligaciones del cargo de concejal luego alcalde con lealtad al Rey y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado"  Ay! el Estado... El Estado ha desaparecido en este duelo desigual y con ello una parte importante de la democracia. Pues es sabido que una oposición ninguneada, a la que no se le permite cumplir eficientemente con su función, es un defecto democrático y de la democracia misma.

oh! Alcalde, mi Alcalde.