Denuncian el menoscabo de la cartelería a las fachadas de monumentos
La Asociación “Ciudadanos por la Defensa del Patrimonio” se ha dirigido a las Administraciones competentes instándolas a que apliquen la legislación y normativas vigentes en cuanto a la protección de las fachadas de varios monumentos declarados (Palacio de Figueroa y las iglesias de la Purísima, de Sancti Spiritus y San Sebastián) en las cuáles se han colocado diversos carteles.
En el caso del Palacio de Figueroa, hoy sede del Casino, se ha denunciado un cartel vertical prohibido por el Plan General de Ordenación Urbana que se encuentra en las inmediaciones de la fachada de la Calle Zamora. También en la Calle Concejo se han instalado varias canalizaciones de cableado para las que, a juicio de la Asociación, el propietario debería buscar otra solución.
En la Iglesia de la Purísima, monumento BIC enclavado en un entorno monumental digno de visitar, fotografiar y conocer por salmantinos y visitantes, durante todo el año 2016 y los primeros meses del año 2017 se ha exhibido una enorme pancarta en la rejería y recientemente ha sido renovada por otra. La colocación de esa lona, con el motivo que sea, está al margen de la ley porque ésta prohíbe la publicidad "que impida o menoscabe la apreciación del bien dentro de su entorno".
Un caso similar, dadas las dimensiones y la exhibición prolongada, ocurre en la Iglesia de Sancti Spiritus donde desde el verano de 2016 un cartel de obra informa de las actuaciones municipales para la mejora de la red de saneamiento de la Gran Vía. Puesto que es objetivo el menoscabo que se produce, de forma no justificada ni excepcional, hemos pedido la aplicación de la legislación vigente y la retirada de dicha valla publicitaria.
Por último, la Asociación ha informado de la colocación de hasta cuatro carteles en las puertas de la Iglesia de San Sebastián, como así se ha podido constatar el pasado fin de semana, a mayores de los anuncios o informaciones contenidas en una vitrina o cajetín supuestamente autorizado para ordenar y recoger la actividad parroquial.
Desde “Ciudadanos por la Defensa del Patrimonio” entendemos que la legislación y las normativas vigentes son suficientemente claras respecto a los casos en cuestión y lo son porque velan por la conservación de los monumentos y de su imagen sin que ésta sea utilizada para otros fines o alterada de forma vulgar e injustificada, más cuando hoy día existen múltiples canales para la difusión de actividades o la promoción.