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Salamanca

La legislación vigente no prohíbe solicitar limosna

30 abril, 2018 15:08

La presencia de mendigos en las calles es molesta para algunas ciudades. Así, hubo ayuntamientos como los de Madrid y Valladolid que intentaron aprobar ordenanza municipales para sancionar a quienes solicitaran limosna en la calle, con multas de hasta 750 euros. El objetivo era acabar con las mafias de falsos mendigos, pero al mismo tiempo pagaban justos por pecadores.

En Salamanca existe la Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia Ciudadana, de noviembre de 2008, modificada en noviembre de 2015 para regular las despedidas de soltero y los músicos callejeros, pero no aparece nada sobre pedir dinero en la calle. Sí establece prohibiciones sobre repartir publicidad, colocar carteles, destrozar zonas verdes o mobiliario urbano, pero nada de solicitar limosna.

En el artículo decimosexto se prohíbe acampar en las vías y/o espacios públicos, entendiendo por tal la instalación, fijación o mantenimiento estable de tiendas de campaña, vehículos de cualquier tipo, caravanas, autocaravanas o remolques, salvo autorización municipal. Pero estar a la puerta de una iglesia, banco o supermercado no se puede considerar como tal. También se prohíbe utilizar los bienes públicos y el mobiliario urbano para fines u objetos distintos de aquéllos a los que estén destinados, pero estas personas se colocan en la calle junto a lugares privados.

Mientras, en el artículo decimoséptimo se recoge que se utilizarán las vías públicas conforme a su normal uso o destino, sin impedir o dificultar de forma deliberada el normal tránsito de personas y/o vehículos por las aceras, paseos y calzadas, salvo autorización municipal. Aquí quedaría a la libre interpretación considerar si un mendigo entorpece o no el paso de los peatones. Es el único punto de la ordenanza municipal que podría aplicarse con matices.