Avenida le gana una batalla judicial a la Federación de Baloncesto
Importante noticia para el mundo del deporte femenino la que se acaba de conocer tras el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid dando la razón al Club Baloncesto Avenida en la demanda que le había impuesto la Federación Española de Baloncesto por los denominados derechos de formación de la jugadora Astou Ndour.
En esa demanda, la FEB reclamaba a Perfumerías Avenida una cuantía de 54.000 euros como compensación a los derechos de formación de la jugadora hispano-senegalesa, pertenecientes a su etapa en el CB Islas Canarias. La sentencia desmonta la demanda de la FEB, al considerar que las jugadoras de baloncesto son profesionales, y sujetas, por tanto, al Decreto 1006 aunque no jueguen en la única competición de baloncesto considerada como profesional, la ACB.
De esta forma, tal y como se recoge en dicha sentencia, la aplicación de esta norma laboral, igual para hombres y mujeres deportistas, no puede de ninguna manera obligar al pago de unos derechos de formación si ello no está pactado expresamente en el convenio colectivo, y debe ser pactado por los sindicatos designados expresamente por las jugadoras. Lo contrario supondría un clarísimo agravio para las mujeres deportistas en relación con los hombres y un claro caso de desigualdad.
Esta sentencia pionera supone un antes y un después en el panorama del deporte femenino, y más concretamente del baloncesto en España, pues por primera vez se recoge el carácter profesional, y sujeto a derecho laboral como tal, de las jugadoras de nuestra Liga Femenina. El proceso ha sido conducido, defendiendo al CB Avenida por los letrados Rafael Alonso y Carlos Méndez, gerente además de Perfumerías Avenida.