El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo tumba el acuerdo del Pleno de la Diputación de Salamanca, del 29 de diciembre de 2020, donde aprobó la Oferta Pública de Empleo del año 2020, la modificación de la plantilla y la Relación de Puestos de Trabajo para ese mismo año. Ello debido a un recuerso presentado por la Sección Sindical de CC.OO., del que el juzgado estima ese recurso, alegando en el auto además, que "la referida resolución impugnada, de 26 de marzo de 2021, no es conforme a Derecho con todos los efectos inherentes a esta declaración".
Las consecuencias de esta sentencia, que afecta a todo el Área de Personal, del que era responsable el actual procurador y reciente dimitido diputado, José María Sánchez Martín, es que anula la modificación de la plantilla, que contemplaba la creación de 23 plazas nuevas. También deja sin efecto la Oferta de Empleo Público, que incluía la convocatoria de 23 plazas. Además, anula al modificación de la RTP que incluía cambios de adscripción de puestos, creación y supresión de puestos de trabajo e incrementos del complemento específico de 'determinados puestos'.
'Sorteo de Navidad de todos los años'
Respecto de la Relación de puestos de trabajo, establece "que los específicos no deben ser el resultado del 'sorteo de Navidad todos los años', sino que los puestos deben estar valorados de acuerdo a unos criterios objetivos. El sistema ordinario de cobertura de puestos es el concurso. Para establecer la posibilidad de libre designación, debe estar debidamente justificado en los criterios legales y jurisprudenciales que lo habiliten y siempre con carácter excepcional"
Desce CC.OO. explican que "cuando se diseñan las funciones de un puesto el carácter de singularizado o no, no responde al sorteo, sino a una serie de especificidades que deben reunir esos puestos. La sentencia no es firme, y su ejecución conllevará el perjuicio para algunos/as compañeras y compañeros, que tal vez piensen que CC.OO. es responsable, pero los responsables de esta sentencia no son los/as representantes sindicales que han actuado en función del bien común, sino la Corporación que toma decisiones no ajustadas a ley y contrarias a los informes de la Intervención General y la Secretaria. Desde esta Sección Sindical pensamos que puede haber formas de ejecutar la sentencia que sean lo menos gravosas, siempre desde el diálogo y el sentido común".