Condenado a tres años de prisión por abusos sexuales a su pareja, una menor, casados en un rito gitano en Salamanca
La menor fue ingresada en urgencias del Hospital Virgen de la Concha de Zamora, donde se activó el protocolo para estos casos
21 octubre, 2022 15:05Noticias relacionadas
La Audiencia Provincial de Salamanca condena a un hombre, L.B.M., de 21 años, a tres años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su pareja S.L.S., menor de edad, en un matrimonio realizado por el rito gitano que solo se considera "eximente incompleta".
El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Peñaranda de Bracamonte condenó al joven natural de Salamanca, por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años, delito de maltrato, lesiones en su modalidad agravada, delito de tratos inhumanos y degradantes, delito continuado de amenazas graves y delito de maltrato habitual con uso de armas y en domicilio común, y que se encuentra en situación de prisión provisional por esta causa desde el 30 de diciembre de 2020.
Las presentes actuaciones tienen su origen en las diligencias policiales instruidas de oficio, por la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Zamora, en fecha 28 de diciembre del 2020, siendo remitidas las actuaciones al Juzgado de Instrucción de Peñaranda de Bracamonte, por ser el competente para conocer de los hechos recogidos en el atestado, tras las manifestaciones efectuadas por la menor S. L. S. en el Hospital Virgen de la Concha (Zamora) el pasado 28 de diciembre de 2020, donde fue asistida en el área de urgencias, por el pediatra de guardia, ginecóloga y tras activarse el protocolo previsto para las lesiones de una menor y su relato de los hechos que las motivan.
Después de vistas todas las actuaciones, la Audiencia Provincial de Salamanca condena L. B. M. como autor responsable de un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 16 años, a la pena de tres años de prisión.
Además, dicta medida de alejamiento por un plazo de cinco años consistente en prohibición de comunicación por cualquier medio y de acercamiento a la joven S. L. S. a cualquier lugar en el que se encuentra a una distancia no inferior a 500 metros.
L. B. M. indemnizará a S. L. S. en con 3.000 euros por daños morales. Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta le servirá de abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad por esta causa.