La vista oral para determinar si el Juzgado número 2 de Salamanca adopta medidas cautelares para convocar el Congreso Provincial del PP de Salamanca, que se debería haber celebrado hace cerca de dos años, pone encima de la mesa ideas peregrinas. Así, la defensa del PP argumenta "la pandemia de Covid-19 para no convocar el Congreso, además dicen "que no les ordenen hacerlo ahora, porque el 28 de mayo se celebran elecciones municipales y eso supondría un daño electoral irreparable".

Ante ello, el abogado que representa a los 13 afiliados del PP de Salamanca que presentaron la denuncia, Enrique Herrera, dice que "nosotros hemos expuesto que en absolutamente todas las provincias de Castilla y León se han celebrado los congresos provinciales. El único que queda es Salamanca, y que verdaderamente hay otras razones del Partido Popular que son públicas y notorias, por las que el PP tiene interés específico en no celebrar el Congreso Provincial aquí en Salamanca".

Respecto a que la Fiscalía se haya adherido a la petición del PP de no aceptar las cautelares, Herrera responde que "respetuosamente nos lo esperábamos. Pero vamos, los argumentos del Ministerio Fiscal dicen que solicitamos lo mismo en el suplico de la demanda que la medida cautelar, lo cual no es cierto. En el suplico de la demanda solicitamos que se reconozca que se ha vulnerado un derecho fundamental y en el suplico de la medida cautelar lo que decimos es que se celebre el Congreso para que no se siga vulnerando el derecho. Porque si finalmente se reconoce en la sentencia que se está vulnerando el Derecho de los afiliados, la jueza no habría adoptado ninguna medida para que ese derecho fundamental se hubiera seguido vulnerando durante todo este tiempo".

"Los demandantes se quedarían fuera de las elecciones municipales"

Respecto a las elecciones del 28M, el abogado de la acusación no deja pasar la ocasión para referirse a la situación en que quedarían los denunciantes. "Hay unas elecciones municipales convocadas para el 28 de mayo de este año y, lógicamente, como no es difícil imaginar que seguramente los demandantes se van a quedar fuera de esas elecciones. Porque, además, mis representados tienen lógicamente el derecho a postularse para ser presidentes del partido, pero mientras no se celebre el Congreso provincial, no es así. Se dice además la coincidencia de las elecciones, y les he dicho bueno, sí, pero efectivamente todo eso puede estar muy bien, pero para eso el Comité Ejecutivo Nacional tiene que adoptar un acuerdo suspendiendo el Congreso de Salamanca. Pero es que no ha adoptado nunca ningún acuerdo de lo que es perfectamente conocedor Alberto Núñez Feijóo, que no ha querido venir hoy para decírselo a sus señorías".

Sobre la ausencia de Feijóo Enrique Herrera explica que la jueza ha dejado muy clarito, que estaba citado con nombre y apellidos, y que, por tanto, debía venir. Nosotros hemos solicitado que se le tuviera por confeso, respecto a las preguntas que le íbamos a formular. Una de ellas era concretamente si como miembro del Comité Ejecutivo se había adoptado algún acuerdo para postergar el Congreso Provincial del Partido Popular de Salamanca, que sabemos perfectamente que no ha sido así, pero tenemos el derecho a preguntárselo y Su señoría ha llamado la atención sobre este hecho repetidas veces y ya le hemos dicho al Partido Popular que Alberto Núñez Feijóo está citado desde el 5 de enero, y que si no estaba de acuerdo con venir por cualquier motivo, tenía derecho a presentar un recurso de reposición en el plazo de cinco días y no lo ha hecho".

Herrera explica que cuando se refiere a confeso, es en relación con que "lo que hemos solicitado es que respecto de las preguntas que le íbamos a formular, como es parte y tiene la obligación legal de venir, porque había sido citado expresamente por el juzgado, se le tenga por confeso, es decir, que aquello que le íbamos a preguntar se reconozca como cierto. Y luego lo que sí que hemos solicitado es que se le impusiera las sanciones que están legalmente previstas para cuando una parte está citada expresamente por el Juzgado para venir y de forma injustificada no lo haga y su señoría tiene que decidir lo que estime oportuno".

Si se aceptan las medidas cautelares, el Juzgado convocará el Congreso

El abogado de la acusación explica que si las medidas cautelares se aceptan y la jueza dictara un auto estimando las medidas cautelares, "el Partido Popular tiene que convocar en el plazo que su señoría decida el Congreso Provincial del Partido. Nosotros habíamos dicho que en 45 días. Cuando las pedimos no sabemos cuándo se va a convocar la vista del juzgado. Entonces hemos dicho 45 días y su señoría estima el plazo de 45 días, que es el estatutariamente previsto. Pero puede ser en un plazo menor, dado que están convocadas las elecciones el 28 de mayo para garantizar el derecho de participación política precisamente de los demandantes. Lo puede acordar para dentro de 15 o 20 días".

Respecto a la petición de 150.000 euros por parte del PP a los demandantes, Herrera explica que "porque, según ellos, serían los perjuicios que se le causarían al partido por celebrar el Congreso. Pero han dicho que han nombrado a una gestora que tiene como objetivo principal celebrar el Congreso. Digo, hombre, me estás pidiendo 150.000 € para hacer algo que tú dices que has nombrado una gestora para hacer. Es decir, no tiene mucho sentido".



Finalmente, respecto al al argumento de Génova de que este Congreso era el de 2017, el letrado de la acusación matiza que en el año 2017 se celebró el último congreso, como corresponde cada cuatro años, con lo cual se tenía que haber celebrado en el año 2021. Pero, para que no se celebre extraordinariamente y con una causa justificada, el Comité Ejecutivo Nacional tiene que adoptar un acuerdo suspendiéndolo. No puede ser por el covid, o por cualquier pretexto que pretenda el partido. Eso es intrascendente, pero tiene que adoptar un acuerdo. Ese acuerdo no se ha adoptado nunca, simplemente se ha dejado estar, no se hace, no se ha convocado y punto".

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