El TSJ desestima un recurso contra el Ayuntamiento por una expropiación
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dado la razón al Ayuntamiento de Valladolid al desestimar el recurso de apelación presentado por la sociedad mercantil Arce Treinta, que pretendía que el Consistorio le expropiara por el mecanismo de Ministerio de Ley, el mismo que supuso el pago de unos 20 millones de euros por los terrenos de Finca Zambrana que eran propiedad de la familia Puentes, una parcela situada en el mismo entorno.
Según han señalado fuentes del Ayuntamiento de Valladolid en un comunicado recogido por Europa Press, esta resolución "pone en evidencia la mala gestión" del anterior equipo de Gobierno del PP en el denominado caso Zambrana, ya que la actual sentencia recuerda que en ese caso el Ayuntamiento "consintió" el justiprecio de 16,8 millones de euros fijado por la Comisión Territorial de Valoración para la parcela de la Familia Puentes.
La actual resolución, con fecha 18 de octubre de 2016 y notificada el pasado 27 de diciembre, desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Valladolid de 28 de mayo de 2015, que a su vez también desestimaba el recurso contencioso administrativo interpuesto por la sociedad mercantil Arce Treinta S.L.
Dicho recurso se dirigía contra la decisión del Ayuntamiento de Valladolid de desestimar la solicitud, presentada el 26 de febrero de 2009 para que el Ayuntamiento iniciara el expediente de justiprecio para la expropiación de una parcela situada en el ámbito Zambrana, lo que pretendía una solución "idéntica" a la de la parcela cuya expropiación por Ministerio de la Ley desembocó hace dos años en el pago de una cantidad de unos 20 millones de euros por sentencia judicial.
La sentencia desestima la pretensión de la citada mercantil sobre dos argumentos. El primero de ellos por tratarse de una parcela, propiedad de Arce Treinta, distinta de la de la Comunidad Hereditaria de Juan Puente y que fue adquirida precisamente a esa comunidad hereditaria previa segregación de la finca principal de la que formaba parte.
La segunda es que "en el presente procedimiento precisamente se cuestiona por la mercantil apelante la adquisición de la finca mediante expropiación por ministerio de la ley, mientras que en los anteriores procedimientos se partía de un justiprecio consentido por el Ayuntamiento, de manera que se trataba de un acto firme para esa Administración municipal y que había sido fijado por la Comisión Territorial de Valoración de Valladolid el 21 de junio de 2012", algo que en este caso no se llegó a dar.
Con esta sentencia, a juicio del equipo de Gobierno del PSOE y Valladolid Toma la Palabra, "queda claro, una vez más", que si el Ayuntamiento se vio obligado a expropiar y abonar la suma de 20 millones de euros de sus arcas por una parcela "que no necesitaba ni quería", fue "por su inacción al consentir el justiprecio fijado por la comisión Territorial de Valoración".
En el caso que ocupa la sentencia, han apuntado, al no concurrir el consentimiento del justiprecio, el Consistorio se ha librado de pasar por una situación semejante "que hubiese producido un nuevo quebranto a las arcas públicas".