Quince meses de cárcel por comercializar queso sin permiso sanitario
El titular de una explotación de ganado caprino de Laguna de Duero (Valladolid), dedicado a la fabricación de queso de cabra semicurado bajo la marca 'El Villar', ha sido condenado a una pena de quince meses de cárcel por comercializar el producto durante varios años sin autorización sanitaria.
La sentencia la ha dictado el Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid con la conformidad del propio empresario quesero, que, frente a los dos años de cárcel a los que se exponía inicialmente, ha logrado que la pena quedara reducida a quince meses de cárcel--ha sido suspendida la ejecución debido a que carece de antecedentes--y al pago de una multa de 1.800 euros.
Ha sido condenado como autor de un delito continuado de estafa en concurso ideal con otro continuado de falsedad en documento privado, junto con otro relativo a los consumidores, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
El industrial, J.M.M, es titular de varias naves que albergaban 300 cabezas de ganado caprino, todas ellas productoras de leche que utilizaba para la elaboración de queso semicurado bajo la marca 'El Villar'.
Lo delictivo del caso es que el empresario comercializaba el producto pese a carecer de autorización sanitaria y para ello usurpó el marchamo sanitario de la antigua quesería 'Máximo', hoy 'Montecito Artisan Food', una empresa en perfecta regla ubicada en La Seca y cuyo propietario desconocía dicha práctica.
Producto en distintos establecimientos
El ardid del condenado fue descubierto por agentes de la Guardia Civil y del Servicio de Salud Pública de la Junta en distintas inspecciones realizadas a lo largo de 2018 a casi media decena de carnicerías ubicadas en Laguna, Boecillo y Valladolid, donde pudieron comprobar las irregularidades en la autorización sanitaria del producto y que la misma correspondía a otra empresa que sí había obtenido tal permiso.
En la causa figuraba personado como acusación particular el propietario de la quesería de La Seca, quien solicitaba 30.000 euros de indemnización en concepto de perjuicios causados pero que finalmente ha desistido de mantener tal reclamación debido a la condición de insolvente del condenado.
Las acusaciones pública y particular coincidieron en que el condenado pudo poner en peligro la salud pública de los consumidores puesto que al ser la empresa del acusado "clandestina" no se pudo verificar que hubiera respetado las normas de higiene exigibles.