El acusado Ricardo Rodilla Fernández, se enfrenta desde este lunes en un juicio programado en dos sesiones en la Audiencia de Valladolid, acusado de vaciar las cuentas de su madre, la empresaria Társila Fernández Gayo, que falleció a los 92 años en el año 2020. El escrito de acusación, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León. El fiscal solicita para él una pena de prisión de seis años.

El 1 de agosto se constituyó la sociedad Társila Fernández Gayo SL con domicilio social en la Finca Dehesa de Fuentes, en La Cistérniga. El objeto social, entre otras actividades, es la agricultura y su producción y distribución en los mercados. Tanto a consumidores finales como a mayoristas y minoristas, bien directamente o a través de cualquier modalidad de venta existente. También la producción, elaboración y comercialización de todos los productos derivados de la uva.

La sociedad, cuya única socia era Társila Fernández Gayo, nacida el 29 de abril de 1928 tenía un capital inicial de casi 7,9 millones de euros dividido en participaciones sociales. Ampliado en fechas 30 de septiembre de 2016 y 28 de junio de 2.017 en 2,4 millones (240 nuevas participaciones) y 200.000 euros (20 nuevas participaciones) hasta llegar a los 10.490.000 euros de capital. El modelo de organización adoptado para la administración de la sociedad fue el de los dos administradores solidarios, siendo designados por la señora Fernández tanto ella como su hijo, el acusado Ricardo Rodilla.

El acusado, con anterioridad a constituirse la sociedad unipersonal aludida, al menos desde hacía más de 20 años, había dirigido y administrado el patrimonio de su madre con el consentimiento y autorización de ésta, desarrollando gran parte de su actividad a diario en la finca de La Cistérniga donde residía Társila. La señora Fernández había otorgado al efecto, a 31 de mayo de 2.000 poder general con amplias facultades en favor de su hijo.

El escrito de acusación apunta que con el paso de los años Társila desarrolló la enfermedad de Alzheimer, llegando a modificarse su capacidad para obrar con una sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Valladolid.  Declarando la inhabilidad total para su autogobierno, tanto personal como económico. Se nombró tutor a su hijo, hermano del acusado, Antonio Eduardo.

El escrito asegura que ante la situación de vulnerabilidad de su madre, por la edad y enfermedad, Ricardo, en su condición de administrador social, el acusado Ricardo Rodilla, realizó diferentes operaciones de disposición de dinero de la sociedad sin justificarse que tuvieran por destino fines propios de esta o que tales operaciones se realizaran en beneficio de la sociedad sino con el propósito de obtener un ilícito beneficio patrimonial propio.

El escrito apunta que retiró 72.450 euros de cuatro cajas bancarias entre el 3 de agosto de 2016 y el 21 de noviembre, también el 4 de septiembre y 3 de diciembre. El 16 de abril de 2018 y los días 31 de marzo de 2017 y  23 de noviembre de 2019.

Entre el 30 de agosto de 2016 y el 29 de octubre de 2019 realizó 31 aportaciones a un plan de pensiones personal por valor de 1.550 euros. El 30 de mayo y 3l 28 de diciembre de 2017 realizó 8 aportaciones sumando 400 euros.

Entre el 29 de agosto y el 28 de noviembre de 2017 se contabilizaron como gastos de personal diferentes retiradas de efectivo por 11.300 euros.

Por último, el acusado Ricardo Rodilla, haciendo uso de una cuenta de su madre transfirió a cuentas de su exclusiva titularidad 4.000 euros y 60.000 euros, en fechas de 22 de diciembre de 2016 y 5 de julio de 2017 respectivamente.

El fiscal asegurad que los hechos son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida y también de administración desleal. Concurre como agravante la circunstancia de parentesco como agravante de la responsabilidad criminal.

Pide para el acusado la pena de seis años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Doce meses de multa con una cuota diaria de 20 euros. Y las costas.

Además, pide al acusado la indemnización a Társila de 85.700 euros y a los herederos de Társila de 164.000 euros con aplicación de intereses.