La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a P.M.Z.M., E.C.T. y A.B.SM. con prisión y multa por un delito de tráfico de drogas por la distribución de sustancias estupefacientes, concretamente resina de cannabis, en las inmediaciones de la residencia de estudiantes del zamorano municipio de Muga de Sayago.

P.M.Z.M ha sido condenada con una pena de 1 año y 6 meses de prisión y multa de 7.000 euros por el delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud y a 9 meses de prisión y multa de 2.000 euros por el delito del art. 368 párrafo 1ºinciso 2º y 369, 4º del Código Penal.

Por su parte, E.C.T. y A.B.SM. han sido condenados por un delito de tráfico de drogas a la pena de 6 meses de prisión y multa de 2.000 euro para cada uno de ellos.

En la sentencia ha quedado probado que P.M.Z.M. se venía dedicando a distribuir sustancias estupefacientes, concretamente resina de cannabis, en las inmediaciones de la residencia de estudiantes del zamorano municipio de Muga de Sayago, teniendo perfecto conocimiento que en tal residencia habitaban estudiantes menores de edad y a tal lugar acudió, amén de otras veces, a media tarde del 3 de mayo de 2018, en un coche conducido por una persona totalmente ajena a las actividades de la acusada y así, en las cercanías de aquella residencia, por un importe de 300 euros le vendió, como ya lo había efectuado en otras oportunidades a una menor una sustancia que convenientemente analizada resultó ser resina de cannabis en cantidad de 9,20 gr. con una riqueza del 34,60 %, la adquirente la compró tanto para sí, como para compartirla con otras dos compañeras, igualmente menores de edad, que habían contribuido con su dinero a aquella compra, debiendo destacarse que la sustancia referida fue recuperada en poder de la compradora e igualmente reseñar que los 300 euros, producto de la venta de la droga le fueron ocupados a la acusada.

Como consecuencia de todo lo anterior y tras las oportunas averiguaciones y las pertinentes escuchas telefónicas judicialmente aprobadas y tendentes a poder acreditar si alguna persona del entorno o conectada con la acusada se dedicaba a traficar con sustancias estupefacientes, el 19 de julio se procedió a la detención a su paso por Alcañices del vehículo que conducía el también acusado E.C.T. mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, que iba efectuando labores de lanzadera, es decir, de comprobación de que la carretera por la cual se transitaba se encontraba expedita en cuanto a la ausencia de Guardia Civil o de otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y un poco detrás de aquel automóvil, no más de 2 o 3km. después, igualmente se paró al coche que conducía el también acusado A.B.SM., a la altura del municipio de Trabazos y una vez efectuados los correspondientes registros en ambos coches, en este último fue hallada una bolsa de tela verde que contenía dos envoltorios con sustancia de color marrón que convenientemente analizadas resultaron ser respectivamente cannabis en cantidad de 299,80 gr. con riqueza del 15,82 % y hoja de cannabis en cantidad de 106,24 gr. y riqueza del 7,80%.

Como culminación de todo lo anterior y también autorizados judicialmente, se efectuaron el 20-7-18 en los domicilios de E.C.T. y de P.M.Z.M. los oportunos registros sin que nada se hubiere hallado en el primero de ellos, pero sí en el de la acusada, que se encuentra en situación de prisión provisional desde entonces, y aquí fueron halladas sustancias que convenientemente analizadas resultaron ser 164 pastillas de anfetaminas, 74,60 gr. de hachís con riqueza del 34,89%,72 gr, de speed y riqueza del 35,04% así como MDMA en cantidad de 65,62 gr. y riqueza del 42%.

La valoración de la sustancia intervenida en el vehículo asciende a la cantidad de2.200 euros y por su parte lo hallado en el domicilio de la acusada tendría un valor, las anfetaminas tendrían un valor de 1.700 euros, el Speed 5.265 euros, el MDMA 1.000 euros y el hachís un valor de 975 euros.

Los tres acusados se encuentran sincera y profundamente arrepentidos por los hechos llevados a cabo.

Tras esta sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de diez días siguientes al de la última de las notificaciones practicadas de esta sentencia.