La Junta de Castilla y León ha comenzado a tramitar las reclamaciones correspondientes a la responsabilidad patrimonial de la Administración Autonómica a consecuencia de los incendios forestales, que arrasaron la provincia de Zamora este verano. Una petición que pueden hacer tanto los ayuntamientos como los particulares cuyos bienes e inmuebles sufrieron daños derivados directamente de las labores de extinción de los mismos.
Con estas reclamaciones, la Junta quiere subsanar y reparar los desperfectos o indemnizar a los consistorios y particulares, por los costes de las reparaciones o compensaciones por sus inmuebles afectados por los fuegos. Así, la delegada territorial de la Junta en Zamora, Clara San Damián, ha informado a los alcaldes de los municipios en cuestión de los cauces administrativos que tienen que seguir para acceder a las compensaciones.
La delegada territorial de la Junta indicaba que su administración había registrado, por el momento, diez solicitudes de responsabilidad patrimonial por los incendios forestales de Zamora. Si bien, apuntaba que el resto de posibles afectados tienen un plazo de un año para presentar las solicitudes de reparación, según indica la propia normativa, y que se aplica a gobiernos municipales y particulares.
La Junta de Castilla y León tiene un plazo de seis meses para resolver cada expediente administrativo desde el momento en que se inicie su tramitación. Eso sí, una vez iniciada la tramitación del procedimiento para la recuperación de los bienes afectados se determinará con el dueño del mismo, la forma para restituir o compensar los enseres a su estado original.
Estas indemnizaciones servirán para compensar los daños causados por las labores de extinción que se realizaron en las zonas quemadas, y en la solicitud deben incluirse las lesiones producidas, su presunta relación de causalidad entre estas y el funcionamiento del servicio público, si es posible, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, y especificar el momento en que se produjo la lesión efectivamente. San Damián apuntaba también que puede ir "acompañada de cuantas alegaciones, documentos se estimen oportunos y de la proposición de prueba, detallando los medios de los que pretenda valerse el reclamante".