El BOE de hoy, 20 de marzo, señala expresamente que la normativa de la declaración de estado de alarma habilita a  las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo

personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de  alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.