La Consejería de Sanidad de Castilla y León tendrá que abonar a una paciente los gastos originados por acudir a una clínica privada, algo más de 50.000 euros, a la que no tuvo más remedio que acudir para operarse de un cáncer, cuando en el sistema público de salud la derivaron a “Cuidados Paliativos”, dando su caso por perdido y a la paciente desahuciada.
El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº3 de Valladolid, tramitada por el letrado Santiago Díez de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ y a la que ha tenido acceso este periódico.
La paciente, de 52 años, en marzo de 2020, fue diagnosticada de un cáncer de ovario en el Hospital Río Hortega de Valladolid. Tras la biopsia de la pieza, se le informó que el tumor era avanzado e inoperable, dirigiéndola a Oncología para decidir tratamiento. Se inició tratamiento de quimioterapia que no mostró ningún resultado favorable. Mientras tanto, el estado de la paciente fue empeorando a pasos agigantados, llegando a presentar caquexia en pocas semanas (su peso era inferior a 40 kg). Se decidió pasarla a Cuidados Paliativos domiciliarios, dándola ya por desahuciada.
Entonces su familia decidió acudir a la Clínica Universidad de Navarra buscando un tratamiento que mejorase su lamentable estado. Allí facilitaron todas las pruebas diagnósticas y tratamientos realizados en el Hospital de Valladolid. Cuando vieron el diagnóstico inicial, les informaron que el tumor que presentaba en el ovario sólo admitía un tratamiento posible: el quirúrgico. Por eso el tratamiento de quimioterapia que se le había aplicado no había resultado efectivo. Se les informó que era necesario operar sin demora para salvar su vida, a la vista del estado en que se encontraba la paciente.
La paciente volvió al Hospital Río Hortega de Valladolid, informando de la posibilidad de intervención de la que le habían hablado en Navarra, solicitando que Ginecología valorase tal posibilidad quirúrgica. La respuesta que recibió por parte del Hospital fue que ya estaba en manos de Paliativos, y así continuaría hasta el final. Le denegaron el único tratamiento que le podía salvar la vida.
La paciente decidió someterse a la intervención quirúrgica en la Clínica Universidad de Navarra. La cirugía se realizó en julio de 2020 y tras esta se realizó tratamiento de quimioterapia, quedando libre de enfermedad.
Ahora, la Sentencia reconoce el derecho de la paciente a que se le restituya lo que pagó en la clínica privada, al considerar que se trataba de una auténtica urgencia vital que le obligó a buscar la asistencia médica fuera del sistema público de salud para salvar su vida. La Consejería de Sanidad alegaba que la paciente había hecho un uso “caprichoso” de los medios de la sanidad privada, buscando ahora que se le devolviera lo gastado de una manera injusta. Reprocha la Sentencia tal argumentación, y obliga a la Consejería a devolver a la paciente los elevados costes que debió asumir para someterse al único tratamiento posible para el tumor de ovario, una operación que le ha salvado la vida, y que en la sanidad pública se le negó, condenándole a una muerte segura.
Al respecto, Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ reprocha lo siguiente: “Se firmó una sentencia de muerte, a pesar de que existía tratamiento para erradicar el cáncer de la paciente; una intervención quirúrgica que tuvo que buscar fuera del sistema púbico de salud. Sistema al que todos contribuimos con nuestros impuestos, también esta paciente. No se puede tolerar comportamientos como el aquí sucedido”.
La defensa del caso ha sido llevada a cabo por el Abogado Santiago Díez Martínez, del Bufete SDS LEGAL, despacho encargado de los Servicios Jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Castilla y León.