La Comisión Europea ha decidido este miércoles denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) por no depurar bien las aguas residuales urbanas, lo que supone un riesgo para la salud humana y también provoca la contaminación de lagos, ríos, suelos, costas y aguas subterráneas. La denuncia por incumplimiento afecta a un total de 133 poblaciones.
Nuestro país ya ha sido condenado en dos ocasiones por el TJUE por falta de recogida y tratamiento de aguas residuales urbanas. Además, el Tribunal ya impuso en 2018 una primera multa de 12 millones por los casos de Alhaurín el Grande, Barbate, Coín, Isla Cristina, Nerja, Matalascañas, Tarifa, Gijón Este y Valle de Güimar. Una sanción que sigue aumentando (a un ritmo de 10,9 millones al semestre) hasta que no se solucionen los problemas en estas localidades. Un nuevo fallo negativo abriría la puerta a sanciones mucho más elevadas.
En su denuncia, Bruselas habla de un "incumplimiento generalizado" de la directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas en 133 poblaciones. El Ejecutivo comunitario ya envió a España una primera carta de aviso en diciembre de 2016, seguida de un dictamen motivado instándole a adoptar medidas correctivas urgentes en febrero de 2020. Pese a ello, los problemas de depuración no se han solucionado.
La Comisión admite que, desde que lanzó el expediente sancionador, se han producido "progresos". No obstante, indica que todavía hay poblaciones que no cuentan con colectores o con otros sistemas de depuración adecuados para alcanzar el mismo nivel de protección medioambiental.
"España también debe redoblar sus esfuerzos para garantizar que las aguas residuales recogidas reciban un tratamiento suficiente para cumplir las normas de tratamiento pertinentes. Esto significa que hay poblaciones donde es necesario construir o mejorar la infraestructura. Esto puede requerir inversiones en la construcción de nueva infraestructura física o la mejora de las instalaciones de tratamiento ya existentes", asegura el Ejecutivo comunitario en un comunicado.
La directiva sobre aguas residuales urbanas tiene por objeto proteger el medio ambiente de los efectos adversos de los vertidos procedentes de los sectores doméstico e industrial. Con arreglo a esta norma, las ciudades están obligadas a poner en marcha las infraestructuras necesarias para recoger y tratar sus aguas residuales urbanas, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados cuando se vierten en las masas de agua.
En concreto, los Estados miembros deben establecer un tratamiento secundario de todos los vertidos procedentes de localidades de más de 2.000 habitantes, así como una depuración más avanzada para las poblaciones de más de 10.000 habitantes en zonas sensibles designadas.
El tratamiento secundario complementa la eliminación de materia sólida procedente de aguas residuales urbanas (el denominado tratamiento primario) con la descomposición de las sustancias orgánicas mediante bacterias. Por su parte, el tratamiento terciario puede consistir en la desinfección para proteger las aguas de baño o las aguas para la cría de moluscos. También puede consistir en la eliminación de fósforo o nitratos.
Bruselas avisa de que "las aguas residuales no tratadas pueden estar contaminadas con bacterias y virus, por lo que suponen un riesgo para la salud humana y pueden contaminar lagos, ríos, suelos, costas y aguas subterráneas". Contienen asimismo nutrientes, como el nitrógeno y el fósforo, capaces de dañar las aguas dulces y el medio marino al favorecer la proliferación excesiva de algas que asfixian otras formas de vida, proceso denominado eutrofización.