El Supremo castiga con tres millones a Calatrava por su 'chapuza' en Oviedo
El polémico arquitecto es responsable por su "conducta negligente" durante las obras del Palacio de Congresos de esta ciudad asturiana.
8 junio, 2016 14:19Noticias relacionadas
Al más internacional -y polémico- de nuestros arquitectos le acaba de salir un enano de 2,96 millones de euros. Santiago Calatrava tendrá que abonar esa cantidad a la promotora Jovellanos XXI por falta de previsión en el diseño, fabricación y ejecución de la estructura de la cubierta" en la construcción del Palacio de Congresos de Oviedo.
Así lo acaba de confirmar la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que en una sentencia considera que el arquitecto es responsable por su conducta negligente de los daños que se produjeron tras el derribo de un graderío durante las obras y la construcción de la cubierta que se hizo fija cuando en el contrato estaba previsto que fuera móvil.
Con esta sentencia, el Supremo desestima un recurso de casación presentado por el propio arquitecto contra el fallo da la Audiencia Provincial de Oviedo que estimó parcialmente los recursos presentados por ambas partes contra la sentencia del juzgado que cifró en 3,27 millones de euros la condena al arquitecto y absolvió a la promotora.
El Alto Tribunal, en su sentencia, indica que existen unos daños producidos "por el actuar negligente" de la empresa del arquitecto, que tenia un acuerdo con Jovellanos para la confección del Palacio de Congresos de Oviedo, de la dirección de la obra y de su ejecución.
Asimismo, el texto de la sentencia indica que "la contratación de un arquitecto de evidente renombre internacional para la construcción de una obra singular o emblemática en Oviedo, priorizando esta circunstancia sobre otras posiblemente más económicas, debe ser correlativa con la debida exigencia de responsabilidad a quien en cumplimiento de sus obligaciones profesionales tiene un control absoluto no sólo del proyecto sino de su ejecución para que la obra se concluya sin problemas".
Por todo ello, concluye que si el arquitecto realizó con competencia casi exclusiva tales funciones es evidente que la promotora puede exigirle todos los daños derivados de su "negligencia" en su ejecución en virtud del contrato existente entre ambas partes.
El graderío y la cubierta fija
Por un lado, el Supremo destaca el "fracaso generalizado de la unidad de estructura a la que se extendían las labores de dirección, supervisión y vigilancia, dada la singularidad que tenía la que soportaba el graderío, del que debe responder".
Por otro lado, y sobre la cubierta, la sentencia indica que también se produjo un incumplimiento contractual: el proyecto incluía una cubierta móvil en forma de visera, "como una de las señas de identidad del mismo". Dicho elemento se construyó fijo, una solución constructiva que evidentemente ha fracasado y que ha generado un daño a la promotora perfectamente evaluable".
En este sentido, destaca que hubo una "falta de previsión en el diseño, fabricación y ejecución de la estructura de la cubierta, lo que llevó a que no pudiera cumplir su función de móvil con la necesaria seguridad y frecuencia".
Calatrava, uno de los arquitectos estrella cuyas icónicas estructuras lucen en ciudades de todo el mundo, siempre ha estado rodeado de una cierta polémica por la ejecución, los sobrecostes o la funcionalidad de algunos de sus edificios, como la Ciudad de las Artes y las Ciencias de Valencia, el Puente de la Constitución de Venecia o la carísima estación de metro (Proyecto Oculus) en Nueva York.