La artista japonesa Fumiko Negishi ha ganado en primera instancia la demanda por despido improcedente que interpuso contra el pintor Antonio de Felipe, a quien también ha reclamado para que reconozca que ella es autora o coautora de numerosas obras firmadas, exhibidas y vendidas durante los últimos diez años por De Felipe como si fueran solo suyas.
Este segundo procedimiento judicial por los derechos de autor, que se ventila en la jurisdicción civil, aún está pendiente. Pero, de momento, Negishi ha logrado que el Juzgado de lo Social reconozca que De Felipe la tuvo trabajando en su taller desde 2006 de forma permanente, obligándola a darse de alta como autónoma, prestando servicios luego para empresas pantalla y despidiéndola finalmente de manera irregular.
Por todo ello, Antonio de Felipe deberá optar entre readmitir a su 'negra' japonesa o indemnizarla con 24.393 euros. No sólo eso: el magistrado que juzgó los hechos ha acordado comunicar su sentencia a la Inspección de Trabajo "por si alguno de los hechos probados pudiera ser constitutivo de un ilícito administrativo o de Seguridad Social". El juez se refiere a las cotizaciones que, de forma indebida, el artista valenciano dejó de pagar, dado que tendría que haber cotizado por Negishi desde 2006.
El juicio se celebró el pasado 26 de enero en el Juzgado de lo Social número 38 de Madrid. De Felipe tuvo que declarar y sostuvo que Fumiko sólo había sido contratada de forma esporádica, que realizaba "una trabajo mecánico" y que ella misma dejó de ir al taller en febrero de 2016, por lo que fue despedida disciplinariamente.
El juez, sin embargo, ha dado la razón a la pintora y declara como hechos probados que Fumiko "ha prestado servicios laborales por cuenta ajena para Antonio de Felipe desde el 13 de octubre de 2006 con la categoría de pintora artística (ayudante de taller)", siendo "obligada a darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos en fecha 01/02/2.007 para poder seguir prestando servicios con un menor coste para De Felipe, si bien la prestación de servicios por cuenta ajena siguió ininterrumpidamente".
Hasta julio de 2014 De Felipe no hizo un contrato a Negishi, primero con la sociedad Pitifli y luego con la mercantil Antonio de Felipe González S.L. La sentencia señala, a este respecto, que "la realidad de las cosas es distinta de la mera apariencia jurídica que se pretendió crear, pues la trabajadora, si bien aparece a lo largo de su relación laboral contratada por dos sociedades, el ámbito de organización y dirección es el de Antonio de Felipe, pues no debemos olvidar que se trata de una obra artística de la que él es el creador y autor (...) y la demandante era su ayudante de taller".
Para el juez, el pintor era "el empresario real", siendo la sociedad "una pantalla jurídica creada fraudulentamente con la finalidad de eludir responsabilidades frente a terceros intentando salvar su patrimonio, pues la explotación del negocio siempre ha estado bajo la misma persona siendo dicha sociedad una empresa aparente sin sustento real".
El juez también da por probado que, como sostuvo Fumiko Negishi, Antonio de Felipe la despidió verbalmente en febrero de 2016 debido a que "por su situación económica no podía mantenerla". Luego, el 31 de marzo siguiente, le envió una carta de despido alegando unas "supuestas faltas de asistencia al trabajo", documento con el que el artista "trató de subsanar los defectos" del despido verbal, que incumplió los requisitos legales, señala la sentencia.
El fallo, que no es firme, puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.