El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona ha archivado la causa abierta contra el artista Abel Azcona por una exposición inaugurada en noviembre de 2015 en la capital navarra, titulada Desenterrados, en la que formó la palabra "pederastia" con hostias supuestamente consagradas.
En el auto, que puede ser recurrido, el magistrado descarta la existencia de delitos contra los sentimientos religiosos y de odio, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) en un comunicado.
Azcona afirmó que la finalidad de su obra no era la de ofender, sino criticar públicamente el problema de la pederastia
Para el juez, resulta acreditado que el investigado aplicó a dichas formas un uso profano, pero ello no es suficiente para apreciar la existencia de delito, ya que dicha conducta no se realizó en un lugar destinado al culto, como un templo o iglesia, ni en una ceremonia religiosa.
Tomar conciencia
Entiende asimismo que en ningún caso el imputado incitó a los visitantes a la exposición al odio o la violencia contra la iglesia católica o sus miembros, más allá de tomar conciencia o posicionarse respecto de "la lacra de la pederastia".
no puede afirmarse que el querellado, cuando se apoderó de las formas consagradas, "lo hiciera sin el debido respeto"
En la sentencia se relata que lo expuesto en la sala de la Plaza de la Libertad fueron cuatro fotografías en las que se veía al investigado conformando en el suelo la palabra "pederastia" con unos objetos "blancos y redondos de pequeñas dimensiones". Al lado, había un cuenco colocado sobre una columna en el que se contenían formas como las usadas para formar la palabra.
El contenido de este cuenco fue sustraído por una persona desconocida días después de abrirse al público la exposición, aunque en la misma no se especificaba que la palabra "pederastia" se había formado con hostias consagradas, algo que sí afirmó el artista en las redes sociales.
Respecto al delito que castiga las ofensas contra los sentimientos religiosos, según el juez, no puede afirmarse que el querellado, cuando se apoderó de las formas consagradas, "lo hiciera sin el debido respeto".
No faltó al respeto
Es evidente, razona el magistrado, que no cumplió con las normas canónicas de la comunión, "puesto que, en vez de comerse las hostias que recibía de manos del sacerdote en cada una de las misas a las que acudió, se las guardó para sí, pero ello lo hizo de forma discreta, sin que su conducta pueda calificarse como irrespetuosa, ofensiva o irreverente".
Cuando declaró ante el juez, Azcona afirmó que la finalidad de su obra no era la de ofender, sino criticar públicamente el problema de la pederastia entre los miembros de la iglesia católica, problema que, según apunta el juez, ha sido reconocido por las más altas jerarquías de la iglesia.
El medio elegido por el investigado para denunciar la lacra de la pederastia podrá ser criticado y no compartido
El juez, que no aprecia los caracteres de delito, sostiene sin embargo que "ciertamente el medio elegido por el investigado para denunciar la lacra de la pederastia podrá ser criticado y no compartido, en la medida en que se ha utilizado uno de los signos más sagrados de la religión católica".