Las películas, las Filmotecas y todo el patrimonio audiovisual y cinematográfico serán protegidos como bienes culturales, según propone el anteproyecto de ley de reforma de la legislación del Patrimonio Histórico Español, que este martes ha sido aprobado en el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte.
También se creará la categoría de Bienes de Interés Mundial, que se aplicará a los monumentos y conjuntos que sean Patrimonio Cultural de la Humanidad por la UNESCO -algo que afectaría a las polémicas puertas de la catedral de Burgos, por ejemplo-, así como la figura de los Planes de Salvaguardia para monumentos, para evitar catástrofes como el incendio que destruyó la catedral de Notre Dame de París y hacer obligatoria la conservación preventiva para que los bienes culturales no se deterioren.
Otra de las novedades es que se prohíbe a la Iglesia enajenar los bienes de interés cultural salvo que se transmitan al Estado u otras Administraciones Públicas, una prohibición que ya existía para los bienes muebles eclesiásticos. Y se precisará mejor el régimen de los bienes que han salido ilegalmente de España.
Con este proyecto de ley el Gobierno pretende "poner al día" una ley que "fue muy buena" en su tiempo, en 1985, pero que "necesitaba una adecuación a la realidad de los bienes culturales del siglo XXI", según han explicado fuentes del Ministerio de Cultura a la agencia Europa Press.
En el caso de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, el Ejecutivo considera que "operan razones de diferente naturaleza, ya que su reforma viene impulsada por la voluntad de contar con un texto que resulte operativo".
La reforma de ambas leyes en virtud de un único texto normativo de modificación se lleva a cabo por un principio de conservación legislativa básico, como la principal de las opciones a la luz del consenso parlamentario y autonómico existente, y con la voluntad de no contribuir a una saturación normativa que genere confusión.
La Iglesia
Con esta iniciativa, el Ejecutivo busca establecer que los estándares de protección que establece la Ley estatal para los Bienes de Interés Culturales sean obligatorios para las comunidades autónomas que no pueden rebajarlos (que es lo que pretendió la Ley madrileña de 2013 y el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional); y solventar disfunciones en el traslado de un Bien de Interés Cultural de una comunidad autónoma a otra o definir y regular qué es un paisaje cultural.
Esta iniciativa también prohíbe el uso no autorizado de detectores de metales para evitar la destrucción de yacimientos y perfecciona el régimen de infracciones y sanciones. La reforma, asimismo, prohíbe a la Iglesia enajenar los Bienes de Interés Cultural salvo que se transmitan al Estado u otras Administraciones Publicas, una prohibición que ya existía en los bienes muebles eclesiásticos.
Otras de las finalidades de esta nueva ley son terminar la regulación del Patrimonio Cultural Inmaterial que la ley de 2015 "dejó con tratamiento imperfecto"; dar más contenido a los planes nacionales que en 1985 estaban regulados "de manera muy ligera"; dar más precisión al régimen de los bienes que han salido ilegalmente de España; hacer obligatorias las reglas sobre el uso de cables y rótulos en los conjuntos históricos; y recordar la existencia del Patrimonio Histórico Universitario, de acuerdo con la CRUE.
Con la reforma de la ley, el Gobierno asegura que los bienes culturales dispondrán de "mejores medidas" de protección y al mismo tiempo las administraciones culturales dispondrán de instrumentos "más ágiles y más eficaces" para proteger a esos bines. Según han explicado a la Agencia Efe fuentes de Cultura, el anteproyecto pasará ahora a los ministerios implicados antes de volver "en unas semanas" al Consejo de Ministros, para iniciar a continuación su tramitación parlamentaria.