"Se acuerda la paralización y o prohibición de publicación, ya sea en edición impresa o digital, de la información confidencial de carácter personal, financiera, fiscal y o de índole legal de los clientes de la sociedad Senn Ferrero al que hayan podido tener acceso el consorcio de periodistas European Investigation Collaborations". En estos términos se pronuncia el juez de Instrucción número 2 de Madrid, Arturo Zamarriego, en su decisión de impedir la difusión de las información sobre 'football leaks', también al resto de medios continentales que, junto al diario El Mundo en España, vienen informando desde el pasado viernes sobre sobre supuestas irregularidades fiscales de Cristiano Ronaldo y otros jugadores y personalidades de este deporte.
Este consorcio de medios internacionales lo integran, entre otros, el semanario alemán Der Siegel y al Centro Rumano para el Periodismo de Investigación. Después se unieron Le Soir (Bélgica), Politiken (Dinamarca) Newsweek Serbia, Falter (Austria), El Mundo, TheBlackSea y Mediapart (Francia).
El auto, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, está firmado por el juez el pasado 2 de diciembre, el mismo día en el que se empezaron a publicar estas informaciones. La medida del juez cuenta con el visto bueno de la Fiscalía, que considera "necesaria y proporcionada la medida". El juez ha intervenido en este asunto porque desde hace siete meses tramita unas diligencias secretas iniciadas por una primera denuncia del bufete Senn Ferrero -a la que que han seguido denuncias de otros despachos- sobre un supuesto hackeo informático de sus archivos y bases de datos.
Hace dos semanas, El Mundo dirigió a la citada firma de abogados unas preguntas elaboradas por Sunday Times y Der Spiegel sobre supuestas irregularidades fiscales de sus clientes, dado que las legislaciones británica y alemana obligan a los medios a poner las investigaciones que quieren publicar en conocimiento de los afectados. En esas preguntas se aludió al contenido de emails de Senn Ferrero, lo que llevó a la entidad a pedir a Zamarriego, como medida cautelar, la "paralización y/o prohibición" de publicar esas informaciones, que el bufete considera "confidenciales", a lo que el instructor ha accedido.
El juez alega en su último auto conocido este lunes que, según el despacho de abogados, "la información de la que dispone el consorcio es la sustraída de sus servidores, tratándose de datos de carácter confidencial, de índole fiscal y legal de sus clientes, puesto que las preguntas están relacionadas con documentos, contratos, correos electrónicos personales y profesionales e inspecciones fiscales que eran poseídas por la entidad Senn Ferrero".
"Por consiguiente, el poder amparar en este momento la posibilidad de que se puedan divulgar en los medios de comunicación, unos datos de carácter personal, de índole fiscal que se investiga si han podido ser interceptados o apropiados ilícitamente, supondría amparar un presunto hecho delictivo", añade el juez.
El juez cita el artículo 197.1 del Código Penal, que sanciona la interceptación de comunicaciones privadas con "penas de prisión de dos a cinco años si se difundiesen, revelasen o cediesen a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas". "Se trata de un tipo delictivo que trata de amparar el derecho fundamental que tiene todo ciudadano a la privacidad de sus comunicaciones frente a actuaciones delictivas consistentes en la grabación ilegal o apoderamiento de esas conversaciones privadas", zanja el magistrado.